Millonaria sanción: Corte confirma multa a CHV por controvertida confesión de Constanza Capelli en Gran Hermano

El fallo concluyó que Gran Hermano no hizo los resguardos necesarios sobre el tema de la interrupción del embarazo.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la millonaria multa impuesta por el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) a la Universidad de Chile, debido a la emisión de contenido inadecuado en horario de protección a través de la señal de Chilevisión en julio del año pasado.

En un fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada determinó que no hubo infracción en el proceso sancionatorio.

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El fallo señala que “como se estableció en los fundamentos precedentes, no se controvirtió que, el domingo 9 de julio de 2023, entre las 15:10 y las 16:11 horas, Chilevisión transmitió en vivo el programa *Gran Hermano–Especial*. Durante el programa, la participante Constanza Capelli Segovia relató su experiencia de haberse practicado un aborto debido a una mala relación con su pareja, expresando su vivencia en el contexto del reality show, donde los participantes respondían preguntas de sus compañeros”.

El fallo agrega que “el reproche del CNTV consiste en haber transmitido en horario de protección a niños, niñas y adolescentes un programa en el que se aborda la práctica de un aborto de manera banal. Es relevante destacar que la reclamante no cuestiona las restricciones respecto de la emisión de ciertos contenidos en esta franja horaria, y reconoce que el programa fue diseñado para mayores de 18 años. Sin embargo, durante dos semanas, se emitió en vivo en horario de protección, lo que no se mantuvo debido a la imposibilidad de controlar lo que decían los concursantes, lo que hacía imposible un control editorial adecuado. Es precisamente durante este período que se emitió el programa en cuestión”.

El tribunal también destacó que “es significativo que la propia reclamante reconociera que la modalidad de transmisión en vivo podía permitir la emisión de contenido inapropiado para la franja horaria de protección. En este caso, el relato sobre la práctica de un aborto se realizó sin una perspectiva cuidadosa, educativa y plural, lo cual era necesario dado que el tema toca distintas sensibilidades y genera un intenso debate en la ciudadanía, con diversas posturas al respecto”.

El fallo concluyó que “el problema no es que se haya abordado el tema de la interrupción del embarazo en un horario de protección, sino que se hizo sin los resguardos necesarios. En ese horario, la temática debería haber sido tratada desde una perspectiva educativa, que reflejara las distintas posturas sobre el tema y estuviera adaptada al público, incluyendo a niños, niñas y adolescentes”.

¿CUÁL ES LA MULTA?

Finalmente, la Corte rechazó el reclamo y confirmó la resolución administrativa que impuso a la Universidad de Chile una multa equivalente a 200 UTM (más de 13 millones de pesos).