Pensión de Viudez: ¿Cómo hacer válido este beneficio?

La Pensión de Viudez requiere haber registrado al menos 401 o más semanas de cotizaciones.

La Pensión de Viudez es de carácter vitalicio

La Pensión de Viudez es entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) a las personas mayores de 55 años que han perdido a su cónyuge, quien pertenecía al ex Servicio de Seguro Social (SSS).

El monto que ofrece varía entre un 50% y 60% de la pensión base que recibía el fallecido, dependiendo de si el sobreviviente tuvo hijos. Su monto oscila entre $107.148 y $128.578 mensuales.

LO ÚLTIMO

Esta ayuda es de carácter vitalicio, siempre y cuando se cumpla con los requerimientos establecidos por la entidad responsable.

Estos son los documentos que necesitas para solicitar la Pensión de Viudez

Dependiendo de la condición del fallecido debes consignar los siguientes documentos:

El fallecido era pensionado

  • Cédula de identidad.
  • Poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.

El fallecido era trabajador activo

  • Cédula de identidad.
  • Certificado de matrimonio actual, en caso de nulidades.
  • Libreta del ex Seguro de Servicio Social (si tiene).

Estos son los requisitos que deben cumplir los sobrevivientes

Estos son los criterios del IPS para cobrar la ayuda:

  • Haber contraído matrimonio: al menos seis meses antes de la fecha de fallecimiento del imponente o pensionado de invalidez parcial; o al menos tres años antes, en caso de pensionados de vejez o invalidez absoluta. (Los plazos no aplican si existen hijos menores de edad, la viuda quedó embarazada o el imponente falleció por accidente común).
  • Haber registrado al menos 401 o más semanas de cotizaciones (la o el cónyuge imponente fallecido).
  • Que la causa de muerte del cónyuge no genere una pensión por accidente del trabajo o enfermedad profesional.

Si el cónyuge es varón:

  • Haber sido declarado con invalidez por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).
  • Haber vivido a expensas de la cónyuge.