Te puede servir: Los tres bonos automáticos que paga el IPS mensualmente y que tú puedes cobrar

Descubre tres bonos del IPS que se pagan automáticamente cada mes y cómo puedes beneficiarte de ellos sin postular.

IPS

El Instituto de Previsión Social (IPS) administra y gestiona una variedad de beneficios, pensiones, subsidios y asignaciones. Algunos de estos beneficios se pagan automáticamente a quienes cumplen con los requisitos, sin necesidad de postulación. A continuación, presentamos tres bonos mensuales del IPS que se pagan de forma automática.

1. Bolsillo Familiar Electrónico

El Bolsillo Familiar Electrónico, aunque finalizó en abril, fue reactivado para los tres meses de invierno. Este beneficio otorga $13.500 por carga familiar, que puede ser utilizado para la compra de alimentos o el pago de cuentas de luz. No requiere postulación y se paga automáticamente a:

  • Beneficiarios del Subsidio Familiar en el 40% del Registro Social de Hogares (RSH) que hayan recibido el Bolsillo Familiar Electrónico en abril de 2024.
  • Beneficiarios de Asignación Familiar o Maternal del primer tramo (ingreso mensual no superior a $515.879) que hayan recibido el pago en abril de 2024.
  • Familias en el programa Seguridades y Oportunidades que hayan recibido el beneficio en abril de 2024.

2. SUF Automático

El Subsidio Único Familiar (SUF) Automático ofrece $20.328 por carga familiar a quienes están en el 40% del RSH y tienen como carga a niños y adolescentes menores de 18 años, o personas con discapacidad intelectual o física. Para verificar si eres beneficiario, puedes ingresar tu RUT y fecha de nacimiento en sufautomatico.gob.cl. Los pagos son realizados mensualmente por el IPS.

3. Asignación Familiar

La Asignación Familiar es un beneficio del IPS para trabajadores o pensionados con sueldo menor a $1.335.450 por sus cargas familiares, incluyendo:

  • Cónyuge y cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Hijos e hijastros hasta 18 años, o 24 años si son solteros y estudiantes regulares.
  • Hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos, bisnietos, huérfanos de padre o madre, o abandonados.
  • Madre viuda.
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos.
  • Niños huérfanos o abandonados, y personas inválidas a cargo de instituciones del Estado.
  • Menores bajo cuidado de una persona natural por resolución judicial.

Estos beneficios del IPS aseguran apoyo económico automático a quienes más lo necesitan, sin complicaciones adicionales.