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Descubre cómo solicitar la Asignación por Muerte y asegura la cobertura de los gastos funerarios de tu ser querido.

IPS

Si tienes un familiar que ha fallecido, puedes acceder a la Asignación por Muerte, un apoyo económico estatal diseñado para cubrir los gastos funerarios. Puedes acceder a este beneficio si el fallecido fue pensionado bajo el sistema previsional antiguo, beneficiario del Pilar Solidario o de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

El Instituto de Previsión Social (IPS) entrega un monto equivalente a tres veces el salario mínimo vigente en el país. Actualmente, esto corresponde a $889.533.

Pasos para Solicitar la Asignación por Muerte

A continuación, te explicamos cómo realizar el trámite para obtener la Asignación por Muerte, tanto de manera presencial como online:

Solicitud Presencial

  1. Dirígete a una sucursal de ChileAtiende.
  2. Presenta los siguientes documentos:
    • Factura original de la empresa funeraria.
    • Certificado de sepultación (si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento).
    • Copia de la cédula de identidad del beneficiario.
    • Cesión de derecho, si aplica.
  3. Informa que deseas solicitar la Asignación por Muerte.
  4. Obtén un comprobante de solicitud.
  5. Llama al número 101 de lunes a viernes entre las 8:00 y 18:00 horas para consultar el estado de tu solicitud.

Solicitud Online

  1. Ingresa a la página web de ChileAtiende.
  2. Selecciona “Persona” e ingresa el RUT.
  3. Haz clic en “Solicitar Asignación por Muerte”.
  4. Introduce el RUN del fallecido, información de la empresa funeraria y del beneficiario, y adjunta la documentación requerida.
  5. Verifica el estado de la solicitud en el mismo enlace.

Requisitos para Acceder a la Asignación por Muerte

Para poder acceder a este beneficio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • No tener afiliación al Decreto Ley (DL) N° 3.500 al momento del fallecimiento.
  • Haber sido beneficiario/a de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) antes del 1 de febrero de 2022.
  • Contar con al menos una cotización en alguna de las ex cajas de previsión en los últimos seis meses previos al fallecimiento.
  • Haber sido beneficiario/a de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de la pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
  • Haber sido beneficiario/a de un Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), Subsidio de Cesantía o Subsidio de Discapacidad.
  • Haber sido pensionado/a de las ex cajas de previsión y leyes especiales. Los pensionados/as de orfandad y convivencia también pueden ser elegibles si han sido beneficiarios/as del Aporte Solidario en la fecha del fallecimiento.