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Descubre cómo solicitar la Asignación por Muerte y asegura la cobertura de los gastos funerarios de tu ser querido.
Si tienes un familiar que ha fallecido, puedes acceder a la Asignación por Muerte, un apoyo económico estatal diseñado para cubrir los gastos funerarios. Puedes acceder a este beneficio si el fallecido fue pensionado bajo el sistema previsional antiguo, beneficiario del Pilar Solidario o de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
El Instituto de Previsión Social (IPS) entrega un monto equivalente a tres veces el salario mínimo vigente en el país. Actualmente, esto corresponde a $889.533.
Pasos para Solicitar la Asignación por Muerte
A continuación, te explicamos cómo realizar el trámite para obtener la Asignación por Muerte, tanto de manera presencial como online:
Solicitud Presencial
- Dirígete a una sucursal de ChileAtiende.
- Presenta los siguientes documentos:
- Factura original de la empresa funeraria.
- Certificado de sepultación (si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento).
- Copia de la cédula de identidad del beneficiario.
- Cesión de derecho, si aplica.
- Informa que deseas solicitar la Asignación por Muerte.
- Obtén un comprobante de solicitud.
- Llama al número 101 de lunes a viernes entre las 8:00 y 18:00 horas para consultar el estado de tu solicitud.
Solicitud Online
- Ingresa a la página web de ChileAtiende.
- Selecciona “Persona” e ingresa el RUT.
- Haz clic en “Solicitar Asignación por Muerte”.
- Introduce el RUN del fallecido, información de la empresa funeraria y del beneficiario, y adjunta la documentación requerida.
- Verifica el estado de la solicitud en el mismo enlace.
Requisitos para Acceder a la Asignación por Muerte
Para poder acceder a este beneficio, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- No tener afiliación al Decreto Ley (DL) N° 3.500 al momento del fallecimiento.
- Haber sido beneficiario/a de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) antes del 1 de febrero de 2022.
- Contar con al menos una cotización en alguna de las ex cajas de previsión en los últimos seis meses previos al fallecimiento.
- Haber sido beneficiario/a de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de la pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
- Haber sido beneficiario/a de un Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), Subsidio de Cesantía o Subsidio de Discapacidad.
- Haber sido pensionado/a de las ex cajas de previsión y leyes especiales. Los pensionados/as de orfandad y convivencia también pueden ser elegibles si han sido beneficiarios/as del Aporte Solidario en la fecha del fallecimiento.