Bonos para cesantes: Revisa aquí qué beneficios puedes recibir

Los bonos para cesantes son rigurosos para su otorgamiento.

¿Estás sin trabajo en Chile? No te preocupes, existen diversos bonos que te pueden ayudar a sobrellevar esta situación mientras encuentras un nuevo empleo.

Bonos para cesantes

1. Seguro de Cesantía:

  • Dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
  • Requisitos:
    • Acreditar la cesantía mediante finiquito, carta de despido, etc.
    • Cotizaciones según tipo de contrato:
      • Indefinido o casa particular: 10 cotizaciones continuas o discontinuas.
      • Plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas.
    • Cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o desde la afiliación (primera solicitud).
  • Monto: Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
  • Postulación: Ingresa a afc.cl con tu clave AFC o Clave Única.

2. Subsidio de Cesantía:

  • Entrega de una ayuda económica por un máximo de 360 días a personas en situación de cesantía laboral.
  • Requisitos:
    • 12 meses continuos o discontinuos de cotizaciones en los 2 años anteriores a la cesantía.
    • Inscripción en el registro de cesantía municipal y del IPS o caja de compensación.
    • Pérdida del empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
    • Contrato de trabajo firmado antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos posteriores, aplicar al seguro de cesantía AFC).
  • Postulación: Solicitar ante la institución previsional correspondiente.

3. Fondo de Cesantía Solidario:

  • Garantiza el beneficio a afiliados AFC que no cuenten con fondos suficientes en su cuenta individual o hayan agotado el seguro de cesantía.
  • Requisitos:
    • Estar cesante al momento de la postulación.
    • No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
    • Al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo en los 24 meses anteriores al despido.
    • Últimas 3 cotizaciones continuas con el mismo empleador.
    • Contrato terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

4. Compensación por Término de Contrato:

  • Reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio y cobertura del seguro de cesantía.
  • Requisitos:
    • Acuerdo con el empleador después del séptimo año de relación laboral.
    • Sustitución de la indemnización legal.
  • Pago: Libre para el trabajador.