Bonos para cesantes: Revisa aquí qué beneficios puedes recibir
Los bonos para cesantes son rigurosos para su otorgamiento.
¿Estás sin trabajo en Chile? No te preocupes, existen diversos bonos que te pueden ayudar a sobrellevar esta situación mientras encuentras un nuevo empleo.
Bonos para cesantes
1. Seguro de Cesantía:
- Dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
- Requisitos:
- Acreditar la cesantía mediante finiquito, carta de despido, etc.
- Cotizaciones según tipo de contrato:
- Indefinido o casa particular: 10 cotizaciones continuas o discontinuas.
- Plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas.
- Cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o desde la afiliación (primera solicitud).
- Monto: Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
- Postulación: Ingresa a afc.cl con tu clave AFC o Clave Única.
2. Subsidio de Cesantía:
- Entrega de una ayuda económica por un máximo de 360 días a personas en situación de cesantía laboral.
- Requisitos:
- 12 meses continuos o discontinuos de cotizaciones en los 2 años anteriores a la cesantía.
- Inscripción en el registro de cesantía municipal y del IPS o caja de compensación.
- Pérdida del empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Contrato de trabajo firmado antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos posteriores, aplicar al seguro de cesantía AFC).
- Postulación: Solicitar ante la institución previsional correspondiente.
3. Fondo de Cesantía Solidario:
- Garantiza el beneficio a afiliados AFC que no cuenten con fondos suficientes en su cuenta individual o hayan agotado el seguro de cesantía.
- Requisitos:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo en los 24 meses anteriores al despido.
- Últimas 3 cotizaciones continuas con el mismo empleador.
- Contrato terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
4. Compensación por Término de Contrato:
- Reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio y cobertura del seguro de cesantía.
- Requisitos:
- Acuerdo con el empleador después del séptimo año de relación laboral.
- Sustitución de la indemnización legal.
- Pago: Libre para el trabajador.