Puedes estar tú: Los trabajadores que quedan fuera de la reducción a 44 horas laborales a la semana
La Ley 21.561 aplica a trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo.
Pronto entrará en vigor la tan esperada Ley de 40 horas laborales (Ley 21.561), una medida promovida por el Ministerio del Trabajo con el fin de mejorar la calidad de vida de los trabajadores y permitirles pasar más tiempo con sus familias.
Si aún no estás al tanto de los detalles de esta ley o no estás seguro si te afecta la reducción de la jornada laboral, aquí encontrarás toda la información que necesitas.
¿Quiénes no están cubiertos por la reducción de la jornada laboral a 44 horas?
La Ley 21.561 aplica a trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo. Por lo tanto, quedan excluidos de la Ley de 40 horas laborales:
- Trabajadores con contratos a honorarios.
- Funcionarios Públicos.
- Trabajadores que laboran en naves pesqueras.
- Deportistas profesionales.
- Trabajadores con cargos de gerentes, administradores y aquellos que realizan trabajos sin supervisión inmediata.
¿Desde cuándo se pueden trabajar 4 días y descansar 3?
La Dirección del Trabajo informa que será desde el 2028: “Solo podrá laborarse en 4 días y con 3 días de descanso desde que se encuentren implementadas las 40 horas (en 2028), por lo que si un empleador se adelanta y decide desde ya aplicar la jornada de 40 horas podrá también convenir su realización en 4 días seguidos por 3 días de descanso”.
¿Cuándo se implementará la jornada de 40 horas laborales?
La ley se implementará en tres fases, culminando con las 40 horas laborales en 2028:
- 44 horas semanales: A partir del 26 de abril de 2024.
- 42 horas semanales: A partir del 26 de abril de 2026.
- 40 horas semanales: A partir del 26 de abril de 2028.
Es esencial destacar que las autoridades a cargo de la legislación han afirmado que esta medida no debe traducirse en una reducción salarial para los trabajadores.