¿Estás sin trabajo? Conoce qué bono puedes recibir en ayuda hoy 13 de marzo

Cada bono exige una serie de requisitos y tiene un proceso de postulación a cumplir.

Para aquellos amigos que se encuentran sin empleo, marzo puede ser un mes especialmente desafiante, ya que coincide con el regreso a clases, el pago del permiso de circulación y otros gastos imprevistos. Nos hemos propuesto proporcionarles información que pueda aliviar sus preocupaciones financieras.

Si te encuentras en esta situación, te alegrará saber que en esta nota te proporcionaremos información sobre varios bonos disponibles para cesantes, junto con los requisitos necesarios para acceder a ellos.

Consulta cada bono para cesantes en Chile

En Chile, existen cuatro beneficios y bonos para personas cesantes, cada uno con diferentes requisitos:

  1. Seguro de Cesantía: Este seguro se otorga a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que contaban con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y tenían un contrato. Los requisitos incluyen:
    • Acreditar la cesantía mediante el finiquito, carta de despido, carta de renuncia, entre otros.
    • Cumplir con cierto número de cotizaciones según el tipo de contrato.
    • El retiro de fondos se realiza de forma mensual, según el sueldo de los últimos 12 meses.

    Para solicitarlo, puedes hacerlo a través de este enlace.

  2. Fondo de Cesantía Solidario: Este beneficio está destinado a personas cesantes que no tienen suficientes fondos en el seguro de cesantía o ya los han utilizado. Los requisitos son:
    • Estar cesante al momento de la postulación.
    • No tener suficientes fondos en el seguro de cesantía.
    • Tener un historial de cotizaciones en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS).
    • Mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

    La postulación se realiza aquí.

  3. Subsidio de Cesantía: Este subsidio se otorga a quienes no califican para el seguro de cesantía. Requisitos:
    • Tener al menos 12 meses de cotizaciones previsionales en los dos años anteriores a la cesantía.
    • Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad y del IPS o caja de compensación.
    • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  4. Indemnización por Término de Contrato: Este bono reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y el seguro de cesantía. Se puede negociar con el empleador después de los siete años de relación laboral.

Es importante tener en cuenta que se realizaron cambios en los beneficios para cesantes el 1 de diciembre, lo que permite a aquellos cuyas solicitudes fueron rechazadas recientemente presentar una nueva solicitud. Además, los pagos programados podrían ajustarse para algunos beneficiarios.