Bonos para trabajadores cesantes: ¿Qué beneficio puedo cobrar hoy 20 de Febrero?

En Chile, existen cuatro beneficios y bonos para cesantes que ofrecen apoyo financiero ante la posibilidad de quedarse sin empleo.

Estamos a menos de dos semanas del mes de marzo, lo que implica un aumento en los gastos, especialmente para aquellos que han perdido su trabajo recientemente. Aquí te proporcionamos información sobre los mejores bonos para cesantes que pueden ser de gran ayuda en esta situación.

Beneficios y Bonos para Cesantes en Chile:

En Chile, existen cuatro beneficios y bonos para cesantes que ofrecen apoyo financiero ante la posibilidad de quedarse sin empleo. A continuación, detallamos estos beneficios con sus respectivos requisitos:

1. Seguro de Cesantía:

  • Requisitos:
    • Acreditar la cesantía mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
    • Cumplir con cotizaciones según el tipo de contrato.
  • El retiro de dinero se realiza mensualmente con porcentajes decrecientes durante los primeros seis meses.

2. Fondo de Cesantía Solidario:

  • Requisitos:
    • Permanecer cesante al momento de la postulación.
    • No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
    • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los últimos 24 meses.
    • Mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

3. Subsidio de Cesantía:

  • Requisitos:
    • Tener al menos 12 meses de imposiciones en cualquier régimen previsional dentro de los dos años previos a la cesantía.
    • Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
    • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Se paga por 360 días como máximo y se tramita a través del Instituto de Previsión Social.

4. Indemnización por Término de Contrato:

  • Este bono sustituye o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
  • Se puede acordar con el empleador después del séptimo año de relación laboral.

Es importante destacar que, a partir del 1 de diciembre, se realizaron cambios en los beneficios para cesantes, permitiendo nuevas solicitudes y reajustes para aquellos que ya reciben el beneficio.