Asignación Familiar: Estas familias podrán cobrar este monto por el beneficio
La Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por cada causante.
La Asignación Familiar se erige como un respaldo financiero otorgado por el Sistema de Prestaciones Familiares a quienes tienen a su cargo a personas dependientes. Este aporte se extiende tanto a trabajadores como a pensionados y subsidiados por el Estado, brindando apoyo a aquellos que perciben ingresos, cotizan en el sistema previsional y tienen responsabilidades familiares.
En cuanto al monto, la Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por cada causante. No obstante, este importe puede variar en función del sueldo del trabajador y el número de cargas familiares que posea.
¿Quiénes Pueden Acceder a la Asignación Familiar?
Para ser beneficiario de este aporte, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Trabajadores dependientes del sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que incluya la Asignación Familiar entre sus beneficios.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, con cargas acreditadas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madres de hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones estatales a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que, al quedar cesantes, percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (solo en relación con su descendencia).
- Beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años (limitado a su descendencia).
¿Cuándo se Entrega la Asignación Familiar?
La fecha de pago varía según la situación laboral o de pensionamiento:
- Trabajadores dependientes: incluido en el sueldo y pagado por el empleador.
- Trabajadores independientes (boletas de honorarios): en la devolución de impuestos del año siguiente.
- Trabajadores independientes (cotizantes por cuenta propia): al efectuar sus cotizaciones o aportes.
- Pensionados: abonado por la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
- Personas subsidiadas por cesantía: junto con el subsidio correspondiente.