¿Ya revisaste? Entérate acá si tienes aprobado el Bono Dueña de Casa

El Bono Dueña de Casa no requiere postulación y solo está disponible para quienes forman parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.

El Bono Dueña de Casa, oficialmente conocido como Bono de Protección, es un beneficio estatal dirigido a familias y personas de bajos recursos que forman parte de un programa de protección social del Ministerio de Desarrollo y Familia. RedNews proporciona todos los detalles de este beneficio, el cual se otorga durante 24 meses desde su adjudicación.

¿Verificaste si tienes el Bono Dueña de Casa 2024?

Este beneficio no requiere postulación y solo está disponible para quienes forman parte del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades en programas como Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos. El pago se realiza automáticamente a través de depósito bancario o de forma presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y sucursales de BancoEstado según el domicilio del usuario. Es crucial destacar que aquellos que elijan la modalidad presencial tienen 6 meses para cobrar el beneficio; después de este plazo, se considera que renuncian al mismo.

Este bono tiene una duración de 24 meses, y el monto varía según el mes en el que se reciba el beneficio:

  • Primeros 6 meses: $21.823.
  • Mes 7 al mes 12: $16.608.
  • Mes 13 al mes 18: $11.419.
  • Mes 19 al 24: $20.328 (monto SUF).*

*Valores correspondientes al año 2023.

Para obtener más detalles sobre este beneficio, se puede llamar al 800 104 777.

¿Requisitos para acceder al Bono Dueña de Casa (de Protección)?

Según Chile Seguridades y Oportunidades, el único requisito para recibir este bono es haber aceptado la invitación a participar en uno de los programas mencionados, a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención. Estas acciones desencadenan la gestión y el pago del bono de protección, que comienza cerca de las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).

¿Quién puede cobrar este beneficio?

El pago del bono de protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria siguiendo el siguiente orden de prioridad:

  1. Madre de personas menores de 18 años, con certificación de invalidez o discapacidad mental, o personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
  2. Mujer mayor de 18 años que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
  3. Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
  4. Hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar, si no hay mujeres en las prioridades anteriores.
  5. Cualquier mujer mayor de 18 años si no se cumplen las condiciones anteriores.
  6. En caso de no aplicar ninguna prioridad anterior, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.