Bonos para cesantes 2024: Conoce que beneficio puedes recibir hoy 6 de Enero
Iniciamos el 2024 tras gastos abundantes. Situación difícil empeora si recién quedaste cesante y falta dinero.
Recién iniciamos el 2024, después de un periodo donde enfrentamos numerosos gastos. Esta situación ya es desafiante, y se vuelve más crítica si recientemente te has quedado sin empleo y escasea el dinero.
Es por esto que en La Más Querida de Chile, hemos compilado para ustedes los mejores bonos para desempleados, que pueden ofrecer un apoyo económico esencial, permitiéndoles empezar el año con una ayuda indispensable.
Les presentamos aquí los beneficios y bonos para desempleados en Chile
Como les hemos informado previamente, los distintos beneficios y bonos para desempleados disponibles en nuestro país en caso de desempleo, suman un total de cuatro. Cada uno con requisitos específicos que detallamos a continuación.
Seguro de cesantía
Primero, está el seguro de cesantía, otorgado directamente a los empleados afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Además, este beneficio está dirigido a quienes tenían contrato laboral, ya que una parte de sus ingresos se destinaba a este seguro.
Si quieres solicitar el seguro mencionado, aquí están los requisitos.
- Cesantía: Debes probar, mediante el finiquito, la carta de despido, renuncia, el acta ante la Inspección del Trabajo, un certificado de esta o una sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Se requieren al menos 10 cotizaciones, continuas o discontinuas, antes del fin del contrato laboral, con uno o más empleadores.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: Necesitas 5 cotizaciones, continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último periodo en que el afiliado accedió al beneficio o, si es su primera solicitud, desde que se afilió al seguro, hasta el mes de fin del contrato laboral.
Cumpliendo con lo anterior, puedes retirar dinero mediante giros mensuales, basados en tu sueldo de los últimos 12 meses. Los porcentajes son: primer mes 70%, segundo mes 60%, tercer mes 45%, cuarto mes 40%, quinto mes 35%, sexto mes o más 30%. La solicitud online se realiza a través de este enlace.
Fondo de cesantía solidario
Este beneficio está destinado a personas desempleadas sin suficientes recursos en el seguro de cesantía o que ya hayan utilizado su dinero y carezcan de empleo. Los requisitos son:
- Permanecer desempleado al momento de postular.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido, pagadas antes del fin del contrato laboral.
- Contar con las últimas tres cotizaciones continuas con el mismo empleador.
- Tener un contrato de trabajo finalizado por vencimiento del plazo, conclusión del trabajo o servicio, caso fortuito, fuerza mayor, cierre del establecimiento o servicio.
- Mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las ofertas laborales y capacitaciones ofrecidas.
Si cumples con lo necesario, este bono se otorga durante cinco meses seguidos para contratos indefinidos, y tres meses para contratos a plazo fijo. La postulación se realiza a través de este enlace.
Subsidio de cesantía
Este bono se concede a quienes no cumplen con los requisitos para el seguro de cesantía. El subsidio de cesantía se paga por el Instituto de Previsión Social (IPS) y puede ser recibido por un máximo de 360 días. Los requisitos son:
- Al menos, 12 meses (52 semanas) de cotizaciones continuas o discontinuas en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la fecha de desempleo.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a tu residencia.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a tu voluntad.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022 (si fue después, puedes acogerte al seguro de cesantía de la AFC).
Indemnización por término de contrato
El cuarto bono para desempleados es la indemnización por término de contrato. Este reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.
Importante: tras siete años de relación con la empresa, puedes acordar con tu empleador sustituir la indemnización legal por una indemnización a todo evento. Así, en caso de desempleo, podrás cobrar el dinero sin inconvenientes.
Cabe mencionar que el 1 de diciembre se realizaron cambios a los beneficios para desempleados. Quienes recientemente hayan sido rechazados pueden presentar una nueva solicitud. Y si ya estás recibiendo el beneficio con pagos programados para después de esa fecha, algunos podrían ser reajustados.