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Bonos para cesantes 2024: Con tu RUT revisa que bono puedes recibir hoy

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publicado: 05.01.2024

Se han realizado cambios a los beneficios para cesantes el 1 de diciembre, lo que permite a aquellos cuyas solicitudes fueron rechazadas recientemente presentar una nueva solicitud

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Este lunes marca oficialmente el comienzo del año 2024, y para muchos chilenos, este nuevo año llega con desafíos financieros debido a los gastos acumulados durante las festividades de diciembre. La situación se vuelve aún más complicada para aquellos que recientemente perdieron sus empleos.

Los beneficios y bonos para cesantes en Chile son cuatro en total, cada uno con sus requisitos específicos:

1. Seguro de cesantía: Este beneficio se otorga directamente a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y tenían contrato. Los requisitos incluyen:

Si se cumplen estos requisitos, se puede realizar un retiro de dinero en forma de giros mensuales, con porcentajes decrecientes a lo largo de los meses.  La postulación online, puede ser directamente a través del siguiente link

2. Fondo de cesantía solidario: Este beneficio está destinado a personas cesantes que no cuentan con los recursos suficientes en el seguro de cesantía o que ya han utilizado su dinero y aún no han conseguido empleo. Los requisitos son:

Si se cumplen estos requisitos, el bono se entrega durante cinco meses seguidos en caso de contrato indefinido, y tres meses en caso de contrato a plazo fijo.

3. Subsidio de cesantía: Este subsidio se otorga a aquellos que no cumplen con los requisitos para el seguro de cesantía. Los requisitos incluyen:

Este subsidio se puede recibir por un máximo de 360 días y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).

4. Indemnización por término de contrato: Esta indemnización reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía. Es importante destacar que esta opción solo está disponible para acuerdos con el empleador después del séptimo año de relación laboral. Si se cumple con esta condición, el trabajador puede cobrar la indemnización por término de contrato en caso de cesantía.

Es relevante mencionar que se han realizado cambios a los beneficios para cesantes el 1 de diciembre, lo que permite a aquellos cuyas solicitudes fueron rechazadas recientemente presentar una nueva solicitud. Además, para quienes ya están recibiendo beneficios con pagos programados después de esa fecha, algunos de estos pagos podrían ser reajustados.

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