Bonos para adultos mayores: Todos los beneficios que puedes recibir aquí
Los Bonos para adultos mayores son un apoyo para esta etapa de la vida, donde los gastos suelen aumentar.
Los adultos mayores son uno de los grupos beneficiarios de diversas ayudas económicas proporcionadas por el Estado, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos, como estar pensionados, tener hijos, llevar 50 años de matrimonio o haber cotizado en las antiguas cajas de previsión, entre otros.
Bonos para adultos mayores:
1. Pensión Garantizada Universal: En diciembre, se están realizando los pagos mensuales de la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio que otorga montos de hasta $206.173. Para acceder a este aporte, es necesario tener 65 años o más, no formar parte del 10% más rico de la población del país, cumplir con las demás condiciones y realizar la correspondiente postulación.
2. Bono Bodas de Oro: Las parejas que demuestren 50 años de matrimonio, pertenezcan al 80% del Registro Social de Hogares y cumplan con otros requisitos pueden recibir el Bono Bodas de Oro. Este bono entrega un pago de $425.360, distribuido por igual entre el esposo y la esposa, es decir, $212.680 para cada uno. Las parejas que celebraron su aniversario 50 entre el 8 de febrero de 2019 y el 31 de agosto de 2023, debido a la pandemia, tienen plazo hasta el 2 de septiembre de 2024 para presentar sus solicitudes.
3. Bono por Hijo: Las mujeres que son madres biológicas o adoptivas pueden obtener el Bono por Hijo al cumplir 65 años de edad y jubilarse. El monto del beneficio comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, considerando el mes en que nació el niño, y de $165 mil para los nacidos antes del 1 de julio de 2009.
4. Bono de Reconocimiento: El Bono de Reconocimiento es un beneficio que el Estado otorga a los trabajadores que han cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP. Este bono se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario y se suma a los ahorros acumulados al jubilarse por vejez, invalidez o fallecimiento. Aunque no se postula directamente, es necesario solicitarlo en la AFP correspondiente.