Aguinaldo de Navidad para trabajadores: ¿Quiénes lo pueden recibir?

El Aguinaldo de Navidad implica un aporte económico adicional para pensionados y trabajadores, tanto del sector público como del privado.

A medida que diciembre se acerca, se avecinan dos festividades anheladas tanto por grandes como por pequeños: Navidad y Año Nuevo. Aunque estos momentos son esperados con alegría, el último mes del año también trae consigo gastos adicionales para todas las familias del país. Con el fin de aliviar este peso financiero, el Estado ha establecido el Aguinaldo de Navidad.

Este beneficio implica un aporte económico adicional para pensionados y trabajadores, tanto del sector público como del privado, aunque en este último caso, el pago no es obligatorio.

¿Cuánto entrega el Aguinaldo de Navidad al sector público?

Según lo dispuesto por la ley, los trabajadores del sector público pueden optar a dos montos, los cuales están directamente vinculados al sueldo mensual que perciben:

  • $63.062: Para aquellos con sueldos inferiores a $943.703.
  • $33.358: Para aquellos con sueldos superiores a $943.703 pero inferiores a $3.125.052.

Requisitos para recibir el Aguinaldo de Navidad del sector público

Para ser beneficiarios del Bono Navidad 2023, es necesario que los trabajadores hayan desempeñado cargos de planta o a contrata hasta el 30 de noviembre de 2023 en alguna de las siguientes instituciones:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por JUNJI.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.
  • Asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Astilleros y maestranzas de la Armada.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a las municipalidades.