Subsidio Único Familiar 2023: Conoce los nuevos montos por beneficiario

A partir de mayo de 2023, el Subsidio Único Familiar ha aumentado su monto a $20,328.

Desde el Estado, se brindan varios beneficios dirigidos a grupos familiares que se encuentran en el 60% más vulnerable de la población, según los índices del Registro Social de Hogares (RSH). Uno de estos apoyos económicos es el Subsidio Único Familiar (SUF).

El propósito del SUF es aliviar la carga financiera de hogares donde los principales sustentadores de la familia, como padres, madres o tutores, carecen de previsión social y encuentran dificultades para cubrir las necesidades de sus dependientes.

Los beneficiarios de este subsidio, además de la bonificación, pueden acceder a servicios de atención médica preventiva, curativa y dental de forma gratuita.

Es relevante destacar que este beneficio debe ser solicitado exclusivamente de manera presencial. Aquellas personas interesadas en postularse deben acudir al municipio correspondiente a su lugar de residencia y presentar una serie de documentos requeridos.

¿Cuánto otorga este subsidio?

A partir de mayo de 2023, el Subsidio Único Familiar ha aumentado su monto a $20,328. Sin embargo, en el caso de personas que tengan un causante con discapacidad mental o cualquier tipo de discapacidad, sin importar la edad, el monto se eleva a $40,656.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al Subsidio Único Familiar 2023?

Las personas que deseen solicitar este beneficio deben cumplir con los siguientes requisitos antes de realizar la solicitud:

  1. Está dirigido a menores de 18 años que dependen económicamente de la persona que los inscribe como beneficiarios. Estos menores no deben recibir ingresos iguales o superiores al monto del subsidio. Además, deben participar en los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil hasta los 8 años. En el caso de los niños mayores de 6 años, además de los requisitos anteriores, se debe demostrar que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otros niveles equivalentes.
  2. Personas con discapacidad intelectual de acuerdo con la Ley Nº 18.600 o cualquier tipo de discapacidad, sin límite de edad. Se debe acreditar esta condición mediante una declaración del Compín.
  3. La familia debe pertenecer al 60% más vulnerable de la población según el Registro Social de Hogares (RSH).
  4. La solicitud del beneficio debe hacerse por escrito en la municipalidad correspondiente al domicilio.
  5. La persona solicitante no debe tener la capacidad de proporcionar, por sí sola o junto con el grupo familiar, la manutención y cuidado del causante.
  6. El beneficiario no debe recibir otros beneficios estatales como la Asignación Familiar, Asignación Maternal, Subsidio Maternal, Pensión Garantizada Universal (PGU) y el Subsidio de Discapacidad Mental.