Requisitos y montos: Todo lo que necesitas saber sobre el Bono por Hijo
La bonificación del Bono por Hijo se establece y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo.
El “Bono por Hijo” es uno de los beneficios más solicitados por las madres al momento de jubilarse, ya que el Estado otorga una bonificación por cada hijo nacido vivo o adoptado. Aquí te brindamos todos los detalles sobre cómo tramitar este beneficio, ya sea en línea o de manera presencial.
El “Bono por Hijo” en Chile: Requisitos y Monto
Este beneficio, que beneficia tanto a las madres biológicas como a las madres adoptivas, se concede a la mayoría de las mujeres que tengan o adopten un hijo en el país. Sin embargo, es esencial cumplir con ciertos requisitos para hacer efectivo este beneficio. A continuación, te proporcionamos los criterios que debes tener en cuenta:
- Madres afiliadas a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que obtuvieron su pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU), a partir del 1 de julio de 2009.
- Madres que, sin estar afiliadas a un régimen previsional, reciben una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), a partir del 1 de julio de 2009.
Además, las madres deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener 65 años de edad o más.
- Residir en territorio chileno durante un período de 20 años, ya sea de forma continua o discontinua, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años. Además, es necesario haber residido en Chile durante al menos cuatro años de los últimos cinco años anteriores a la solicitud de la bonificación.
En el caso de las madres exiliadas registradas en la Oficina de Retorno y Oficina Diplomática, se considerará tanto el tiempo vivido en el extranjero como el residido en Chile.
¿Cuál es el monto del “Bono por Hijo”?
Este beneficio tiene una particularidad importante, ya que la bonificación se establece y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo. Equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, fijados para trabajadores de 18 a 65 años. Se calcula de la siguiente manera:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplica el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto vigente en el mes en que nació el hijo.
¿Cómo realizar el trámite?
Si deseas tramitar el “Bono por Hijo”, puedes hacerlo en línea a través del siguiente enlace de IPS en Línea o de forma presencial, en las oficinas de la AFP a la que estás afiliado o en la oficina de ChileAtiende más cercana, donde deberás explicar el motivo de tu visita.