Bonos para cesantes en 2023: Verifica con tu RUT los beneficios que puedes recibir y cómo hacerlo el 6 de octubre
Es importante que los trabajadores cesantes cumplan con los requisitos específicos de cada beneficio para acceder a ellos
La pérdida de empleo puede ser una situación desafiante, especialmente en tiempos de alta desocupación. En Chile, cerca del 8,77% de la población está actualmente en búsqueda de trabajo, según datos recientes del INE.
Sin embargo, el Estado ofrece una serie de bonos y beneficios destinados a las personas cesantes para brindar apoyo en momentos difíciles. A continuación, presentamos cuatro de estos beneficios, junto con sus requisitos:
1. Seguro de Cesantía:
El Seguro de Cesantía está dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los requisitos para acceder a este beneficio son:
- Acreditar la cesantía mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Contrato indefinido o de trabajador de casa particular con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término del contrato laboral.
- Contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.
- Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, en caso de ser la primera solicitud, desde la afiliación al seguro.
- Los giros mensuales se realizan de acuerdo al sueldo recibido en los últimos 12 meses, con porcentajes que varían en los primeros meses de cesantía.
2. Fondo de Cesantía Solidario:
Este fondo está diseñado para personas cesantes que no cuentan con recursos suficientes en el Seguro de Cesantía. Los requisitos incluyen:
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses previos al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Tener un contrato de trabajo que haya terminado por diversas causales.
Este bono se entrega durante cinco meses consecutivos en caso de haber tenido contrato indefinido y durante tres meses si el contrato era a plazo fijo.
3. Subsidio de Cesantía:
El Subsidio de Cesantía está destinado a quienes no califican para el Seguro de Cesantía. Los requisitos incluyen:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema.
- Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
Este subsidio se puede recibir por un máximo de 360 días.
4. Indemnización por Término de Contrato:
Esta indemnización reemplaza o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía. Puede ser acordada con el empleador al cumplir el séptimo año de relación laboral, permitiendo cobrar el dinero en caso de cesantía, sin importar la causa.
Es importante que los trabajadores cesantes cumplan con los requisitos específicos de cada beneficio para acceder a ellos. Estos programas buscan proporcionar apoyo financiero durante la búsqueda de empleo y en momentos de transición laboral.