Bonos para cesantes 2023: Descubre los beneficios disponibles hoy 3 de octubre y cómo acceder a ellos con tu RUT

Estos bonos y beneficios están diseñados para proporcionar apoyo financiero a las personas cesantes en Chile y ayudarles a enfrentar esta situación

La situación de desempleo puede ser desafiante, pero en Chile, existen varios bonos y beneficios estatales a los que las personas cesantes pueden postular para recibir apoyo financiero durante este período difícil. A continuación, se detallan estos bonos y los requisitos para acceder a ellos:

  1. Seguro de Cesantía: Este beneficio está dirigido a trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tenían una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y tenían un contrato de trabajo. Los requisitos incluyen:
    • Acreditar el cese laboral mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
    • Tener contrato indefinido o de trabajador de casa particular y al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
    • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado, se requieren 6 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
    • Las cotizaciones se cuentan desde el último período en que el afiliado tuvo acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde su afiliación al seguro.
  2. Fondo de Cesantía Solidario: Este bono se otorga a personas que siguen cesantes y no tienen fondos suficientes en el seguro de cesantía. Los requisitos incluyen:
    • Permanecer cesante al momento de la postulación.
    • No tener los fondos suficientes en el seguro de cesantía.
    • Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
    • Tener las últimas tres cotizaciones continuas y con el mismo empleador.
    • Dejar activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
  3. Subsidio de Cesantía: Este subsidio se otorga a quienes no califican para el seguro de cesantía. Los requisitos incluyen:
    • Tener al menos 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
    • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente a su lugar de residencia.
    • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
    • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  4. Indemnización por Término de Contrato: Este beneficio puede acordarse con el empleador al cumplir el séptimo año de relación con la empresa y sustituye o complementa la indemnización legal por años de servicio y la cobertura del seguro de cesantía.

Es importante recordar que los detalles y procesos de solicitud de estos beneficios pueden cambiar con el tiempo, por lo que se recomienda consultar las fuentes oficiales y enlaces proporcionados para obtener información actualizada y detallada.