Bono por Hijo: Conoce qué madres pueden optar a este beneficio y cuánto dinero pueden recibir

El Bono por Hijo es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Todas las madres jubiladas o pensionadas tienen derecho al Bono por Hijo, un beneficio estatal que se otorga junto con la pensión correspondiente a cada hijo nacido, vivo o adoptado. Para las madres con hijos adoptados, este aporte se genera tanto para la madre biológica como para la madre adoptiva.

El Bono por Hijo es administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS) y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo o hija.

¿Cómo solicitar el Bono por Hijo?

Para acceder a este beneficio, sigue estos pasos:

1. Ingresa al sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS).

2. Ingresa tu RUN y haz clic en “Ingresar”.

3. Selecciona la sección que indica “Pilar Solidario y Bono por Hijo”.

4. Dentro de la sección del Bono por Hijo, elige la opción “Ingresar solicitud de bono por hijo”.

5. Ingresa nuevamente tu RUN y Clave Única y autentica tu solicitud.

6. Completa los datos requeridos y habrás solicitado el beneficio para madres mayores.

Si no encuentras la opción de este beneficio, significa que no cumples con los requisitos establecidos para el Bono por Hijo y, por lo tanto, no puedes postular.

Requisitos del Bono por Hijo

Para optar al pago de este beneficio estatal, las madres deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Tener 65 años de edad o más.

2. Residir en territorio chileno durante un período de 20 años, ya sea de manera continua o discontinua, contados desde que la beneficiaria cumplió 20 años de edad.

3. Haber residido en Chile al menos durante cuatro años en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud del bono.

4. Estar afiliada a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.

5. Ser titular de una Pensión Básica Solidaria de Vejez y haber obtenido su pensión a partir del 1 de julio de 2009.

6. Si no está afiliada a un régimen previsional, haber recibido una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS a partir del 1 de julio de 2009.

Monto del Bono por Hijo

El monto del Bono por Hijo se calcula como el 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. Sin embargo, este monto varía según las siguientes características:

– Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se considera el ingreso mínimo vigente en esa fecha, que corresponde a $165.000.

– Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, se toma en cuenta el ingreso mínimo vigente durante el mes de su nacimiento.