Asignación por Muerte: Descubre quiénes pueden recibir $889 mil
Las familias que cumplan con los requisitos establecidos y presenten la documentación correspondiente tienen la posibilidad de acceder a este beneficio económico.
En el lamentable evento del fallecimiento de un miembro de tu familia, puedes optar por el beneficio estatal conocido como la Asignación por Muerte, diseñado para ayudar con los gastos funerarios de las familias.
Las personas interesadas en recibir este apoyo económico deben tener en cuenta que el difunto debe haber estado pensionado en el sistema previsional antiguo o ser beneficiario del Pilar Solidario o la actual Pensión Garantizada Universal (PGU).
El monto de la ayuda monetaria varía y se ajusta al valor del salario mínimo en nuestro país. Actualmente, este monto equivale a tres veces el ingreso mínimo, lo que suma $889,533 que se puede obtener a través de la Asignación por Muerte.
Requisitos para Acceder a la Asignación por Muerte
Las familias interesadas en recibir esta asignación, pueden solicitarla tanto personas naturales como jurídicas que hayan asumido los gastos funerarios del beneficiario fallecido. Sin embargo, para recibir el beneficio, el difunto debe haber cumplido con los siguientes requisitos:
- No debe estar afiliado al Decreto Ley (DL) N° 3.500 en la fecha de su muerte.
- Debe haber sido beneficiario de la ex Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV), lo que significa que obtuvo la pensión antes del 1 de febrero de 2022, fecha en que entró en vigencia la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Debe haber realizado al menos una cotización en alguna de las ex cajas de previsión en los últimos seis meses previos a su fallecimiento.
- Debe haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de una pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
- Debe haber sido beneficiario de un Subsidio de Incapacidad Laboral, SIL, Subsidio de Cesantía o Subsidio de Discapacidad.
- Debe haber sido pensionado de las ex cajas de previsión y leyes especiales. En el caso de los pensionados de orfandad y convivencia, también podrán acceder al beneficio siempre que, además, hayan sido beneficiarios del Aporte Solidario en la fecha de su fallecimiento.
Documentos Necesarios para Solicitar la Asignación por Muerte
Es esencial tener los siguientes documentos al momento de solicitar este beneficio, ya sea de forma presencial o en línea:
- Cédula de identidad.
- Poder notarial en caso de que un apoderado realice el trámite.
- Necesitas la factura original timbrada por el SII o copia notariada de la factura de la funeraria, junto con la Clave Única.
- Si pasaron más de 30 días tras el fallecimiento, el solicitante debe tener el Certificado de Sepultura del cementerio.