Revisa hoy 22 de Septiembre si te corresponde el Bono por cuidado de adulto
La persona no debe recibir remuneración por cuidar a un adulto.
El Bono Cuidado Adulto Mayor es un programa estatal que proporciona un apoyo financiero a los cuidadores de personas con dependencia severa. Este bono no se considera como renta ni es sujeto de impuestos, y es compatible con otros beneficios que no tengan el mismo propósito.
El Ministerio de Desarrollo Social y Familia (MDSF) es la entidad encargada de regular este programa de apoyo a los cuidadores de personas con discapacidad. El bono consiste en un pago mensual de $32,991 destinado a aquellos que brindan servicios de cuidado a adultos mayores que no son autosuficientes en las actividades cotidianas.
Los servicios de salud cercanos al domicilio del posible beneficiario envían los datos necesarios para la postulación, basados en los siguientes requisitos:
Requisitos para recibir el Bono Cuidado Adulto Mayor:
1. Estar inscrito en el Programa de Atención Domiciliaria a Personas con Dependencia Severa del Ministerio de Salud.
2. Tener un cuidador que no reciba una remuneración por sus servicios.
3. No estar registrado en un Establecimiento de Larga Estadía para el Adulto Mayor (Eleam) u otra institución similar.
Además, a nivel central se consideran criterios de preferencia para la asignación del beneficio, como la severidad de la dependencia del adulto mayor, la antigüedad en la postulación y la clasificación socioeconómica del causante según el Registro Social de Hogares (RSH).
¿Cómo cobrar los $32 mil mensuales del Bono Cuidado Adulto Mayor?
El pago mensual del Bono Cuidado Adulto Mayor se realiza a través del Instituto de Previsión Social (IPS) a nombre del cuidador, mediante un depósito bancario según las instrucciones del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Un cuidador puede recibir hasta tres bonificaciones si cuida a más de un adulto mayor, y también tiene acceso a un subsidio mensual de $700 para cubrir los costos de su cuenta RUT.
El monto de este beneficio se ajusta anualmente de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado en diciembre del año anterior, siempre que exista disponibilidad presupuestaria en la Ley de Presupuestos del Sector Público.