Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Quiénes en el sector privado pueden recibirlo?
Uno de los beneficios más esperados durante este periodo es el aguinaldo de Fiestas Patrias.
Se acerca la celebración de Fiestas Patrias en nuestro país, que tendrá lugar desde el sábado 16 hasta el martes 19, y con ello aumentan los gastos para los ciudadanos, especialmente debido al incremento en el costo de los alimentos en los últimos tiempos.
Uno de los aspectos más esperados durante este periodo es el aguinaldo de Fiestas Patrias. Sin embargo, en el sector privado, este beneficio no es de carácter obligatorio.
¿Quiénes lo reciben?
Para entender quiénes tienen derecho a recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias en el sector público, es importante aclarar que las empresas privadas no están obligadas a otorgarlo a sus trabajadores. No obstante, existen tres situaciones en las cuales los empleados pueden solicitarlo como un derecho:
1. Si está especificado en su contrato laboral.
2. Si existe un contrato o convenio colectivo en el que se haya incorporado el aguinaldo como cláusula.
3. Si ya han recibido el aguinaldo de manera voluntaria y constante durante dos años consecutivos.
Por otro lado, quienes sí tienen garantizado el aguinaldo son los pensionados del Instituto de Previsión Social, que reciben un pago único de $23,261 junto con su pensión. Además, los trabajadores del sector público también tienen derecho a recibirlo, con montos de $81,196 para aquellos cuyas remuneraciones líquidas no superen los $943,703, y de $56,365 para aquellos cuyos ingresos sean mayores a esa cifra.
En resumen, mientras que el aguinaldo de Fiestas Patrias no es obligatorio en el sector privado, en el sector público se establecen criterios específicos para su entrega.