Aguinaldo para empleados privados: Revisa aquí si lo puedes cobrar
No existe una obligación legal para que los empleadores del sector privado paguen el Aguinaldo.
En el mes de septiembre, se tradicionalmente otorga el Aguinaldo de Fiestas Patrias, un beneficio que se brinda anualmente a trabajadores y pensionados con el fin de apoyar a las familias en los gastos asociados a esta temporada festiva.
¿Cómo puedo recibir el Aguinaldo si soy empleado del sector privado?
Es importante destacar que no existe una obligación legal para que los empleadores del sector privado paguen el Aguinaldo, a diferencia de los trabajadores del sector público. No obstante, en los siguientes casos, el empleador está obligado a proporcionar este beneficio:
1. Cuando se haya acordado por escrito en el contrato individual de trabajo o en un anexo al contrato.
2. Si se ha estipulado por escrito en un convenio o contrato colectivo.
3. Cuando, aunque no esté especificado por escrito en un contrato individual de trabajo ni en un convenio o contrato colectivo, se haya otorgado de manera reiterada en el pasado. En esta situación, se establece una especie de “derecho adquirido” para el trabajador, lo que obliga al empleador a continuar pagando el Aguinaldo.
¿Puede el empleador modificar el monto del Aguinaldo?
Si un trabajador tiene derecho al pago del Aguinaldo, el empleador debe respetar el acuerdo previo, lo que significa que no puede alterar el monto del beneficio unilateralmente.
¿Qué hacer si tengo derecho al Aguinaldo pero no me lo pagan?
Cualquier trabajador que tenga derecho a recibir el Aguinaldo pero experimente negación de pago o modificaciones en su monto, puede tomar medidas presentando una denuncia en la Inspección del Trabajo. Esto permite que la empresa sea objeto de fiscalización para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones hacia el trabajador.