¡ATENTOS! Se revela la fecha de pago del Bolsillo Familiar Electrónico en Septiembre
Algunas familias dejarán de recibir el Bolsillo Familiar Electrónico que les permitía adquirir alimentos en establecimientos adheridos.
El mes de septiembre tendrá un carácter especial para el Bolsillo Familiar Electrónico, ya que su grupo de beneficiarios se ampliará para abarcar a nuevos hogares, los cuales recibirán $13.500 por cada causante durante un periodo de cuatro meses, es decir, desde el próximo mes hasta diciembre.
Al mismo tiempo, algunas familias dejarán de recibir el aporte estatal que les permitía adquirir alimentos en establecimientos adheridos como supermercados, almacenes, ferias y otros comercios.
¿Cuándo se efectuará el pago de septiembre y quiénes serán los receptores?
La siguiente entrega de esta ayuda económica está programada para iniciar el viernes 1 de septiembre y se completará durante los primeros cinco días hábiles del mes, mediante depósitos en la Cuenta RUT del jefe o la jefa del hogar.
Entre mayo y agosto, los hogares beneficiados eran aquellos cuyos miembros familiares eran causantes del Subsidio Único Familiar o de la Asignación Familiar al 31 de diciembre de 2022, así como participantes de los subsistemas “Seguridades y Oportunidades” o “Chile Solidario”.
Sin embargo, de septiembre a diciembre, serán consideradas las familias que cumplan con las mismas condiciones, pero que tengan causantes de los mencionados subsidios o sean usuarios de los subsistemas al 30 de abril de 2023.
¿Quiénes están destinados a recibir el Bolsillo Familiar Electrónico?
En detalle, el Bolsillo Familiar Electrónico se otorga automáticamente, sin necesidad de postulación, a:
– Causantes de la Asignación Familiar y de la Asignación Maternal, del Sistema Único de Prestaciones Familiares.
– Causantes del Subsidio Familiar (SUF).
– Causantes de las familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades y familias pertenecientes al subsistema Chile Solidario, incluyendo:
– Personas con discapacidad debidamente acreditadas conforme al artículo 13 de la Ley Nº 20.422.
– Estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes que participen en el Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
– Estudiantes matriculados en establecimientos educativos con modalidad de educación especial reconocidos por el Ministerio de Educación.
– Estudiantes de 18 a 24 años y 11 meses.
– Menores de 18 años de edad.