Bolsillo Familiar Electrónico: Revisa aquí si tu familia puede recibir este aporte
El Bolsillo Familiar Electrónico implica una transferencia mensual de $13.500 por cada dependiente familiar.
A principios de 2023, el Presidente Gabriel Boric anunció una serie de medidas de apoyo social, entre las cuales se destacó la introducción del Bolsillo Familiar Electrónico. Esta iniciativa consiste en transferencias directas a las familias para amortiguar los impactos del aumento de los costos en la Canasta Básica de Alimentos.
¿Cuánto dinero recibe una familia con tres causantes?
El mecanismo implica una transferencia mensual de $13.500 por cada dependiente familiar, la cual se realiza a través de la Cuenta RUT. Los beneficiarios pueden emplear este dinero para cubrir o complementar los gastos relacionados con la compra de alimentos y otros productos, utilizando su tarjeta de débito.
En el caso de una familia con tres dependientes que cumplan los requisitos, recibirían un total de $40.500, considerando el monto de $13.500 por cada dependiente.
Cambios desde septiembre
A partir de mayo y hasta diciembre de 2023, estos montos estarán disponibles desde el primer día de cada mes. El depósito se efectúa en la cuenta del encargado de recibir los beneficios de Asignación Familiar (AFAM) o el Subsidio Familiar (SUF), o en la cuenta del jefe o jefa de hogar autorizado según el Subsistema de Seguridades y Oportunidades (SSyOO).
A partir de septiembre, se producirán cambios en el procedimiento. Durante dicho período, el beneficio se entregará a los dependientes del SUF y la AFAM, basándose en las nóminas al 30 de abril de 2023. A diferencia de antes, donde se consideraban beneficiarios a los dependientes del SUF y la AFAM según las nóminas al 31 de diciembre de 2022.
¿A quién está destinado el Bolsillo Familiar Electrónico?
El Bolsillo Familiar Electrónico está destinado a los siguientes grupos:
– Dependientes de la Asignación Familiar y la Asignación Maternal, pertenecientes al Sistema Único de Prestaciones Familiares.
– Dependientes del Subsidio Familiar (SUF).
– Dependientes de familias pertenecientes al subsistema Seguridades y Oportunidades y al subsistema Chile Solidario, tales como:
– Personas con discapacidad, debidamente acreditadas conforme a la calificación y certificación establecidas en la Ley Nº 20.422.
– Estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes que participen en el Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
– Estudiantes matriculados en establecimientos educacionales con modalidad de educación especial, reconocidos por el Ministerio de Educación.
– Estudiantes de 18 a 24 años y 11 meses.
– Menores de 18 años de edad.