¡REVISA! Estas personas recibirán el pago del Bono Invierno extraordinario en julio y agosto

El Bono Invierno Extraordinario significativa para las familias en tiempos de invierno, proporcionando un soporte financiero extra para aquellos que lo necesiten

Bono Invierno Extraordinario

El martes 27 de junio comenzó el pago general del Bono Invierno Extraordinario en Chile, un beneficio adicional de 60 mil pesos para más de 1,6 millones de personas. En total, los beneficiarios recibirán un monto de $134.767 por este bono durante 2023.

Sin embargo, algunos beneficiarios recibirán este monto en los meses de julio y agosto. Según el Instituto de Previsión Social, más del 70% de los beneficiarios ya recibieron el pago extra de este beneficio durante junio. Sin embargo, el 30% restante espera recibirlo durante julio e incluso en agosto en casos específicos, como personas con pagos en rutas rurales y pagos en cuentas en el extranjero.

Los beneficiarios pueden consultar la fecha de pago del beneficio en www.chileatiende.cl o a través del Call Center 101.

El IPS también indica que aquellos que no pueden cobrar su beneficio en la fecha asignada podrán hacerlo posteriormente. Por ejemplo, un pensionado del IPS que no cobre el beneficio en la fecha indicada puede cobrarlo el mes siguiente cuando reciba su pensión.

Requisitos para recibir el Bono Invierno Extraordinario

Los requisitos para recibir el Bono Invierno y su pago extra, según informa Chile Atiende, son:

  • Ser mayor de 65 años al 1 de mayo de 2023.
  • Ser pensionado cuyo monto de pensión sea igual o inferior al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 años o más a la fecha de pago del beneficio. Esto aplica para pensionados del Instituto de Previsión Social, Instituto de Seguridad Laboral, Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena), Mutualidades de Empleadores, pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que reciban pensiones mínimas con garantía estatal, y pensionados que reciban un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
  • Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU) que no tengan derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
  • Pensionados de algún régimen previsional que también reciban una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

Este bono es una ayuda significativa para las familias en tiempos de invierno, proporcionando un soporte financiero extra para aquellos que lo necesiten.