¿No te pagaron el Bono Invierno extraordinario? Revisa acá con tu RUT si lo puedes cobrar

El Bono Invierno es un importante apoyo económico que brinda el Estado a los ciudadanos más vulnerables, contribuyendo a mitigar los costos adicionales asociados al invierno

Bono-Invierno

El pasado martes se inició el pago extraordinario del Bono Invierno, un beneficio estatal de $60,000 anunciado por el Presidente Gabriel Boric en la Cuenta Pública 2023. Este bono complementa el pago de $74,767 correspondiente al mes de mayo.

Según el Instituto de Previsión Social (IPS), alrededor del 70% de los beneficiarios recibieron este apoyo durante el mes de junio. Sin embargo, aquellos que aún no han recibido el pago lo harán durante los meses de julio e incluso agosto.

Para conocer la fecha de pago del Bono Invierno, puedes consultar en este enlace del IPS solo con tu RUT y fecha de nacimiento.

¿Quiénes tendrán el Bono Invierno durante julio y agosto?

Según detalles proporcionados por el IPS, un grupo de beneficiarios recibirá la ayuda económica durante el mes de julio, y otro grupo muy específico -como personas con pagos en rutas rurales y pagos en cuentas en el extranjero- recibirán el beneficio durante agosto junto con su beneficio habitual.

Requisitos para recibir el Bono Invierno 2023

El Bono Invierno, según la información proporcionada por el sitio web de Chile Atiende, está destinado a las personas que cumplan los siguientes requisitos:

– Personas mayores de 65 años o más, cumplidos al 1 de mayo de 2023.
– Pensionados cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio, y que sean de:
– Instituto de Previsión Social.
– Instituto de Seguridad Laboral.
– Cajas de Previsión (Dipreca y Capredena).
– Mutualidades de Empleadores.
– Pensionados del sistema establecido en el Sistema de Pensiones de Vejez (1980), que se encuentren percibiendo pensiones mínimas con garantía estatal.
– Pensionados del Sistema de Pensiones de Vejez (1980) que se encuentren recibiendo un Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.
– Beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que no tuvieran derecho a otra pensión en algún régimen previsional.
– Pensionados de algún régimen previsional que, adicionalmente, se encuentren recibiendo una PGU y cuyas pensiones sean de un monto inferior o igual al valor de la pensión mínima de vejez para pensionados de 75 o más años de edad a la fecha de pago del beneficio.

El Bono Invierno es un importante apoyo económico que brinda el Estado a los ciudadanos más vulnerables, contribuyendo a mitigar los costos adicionales asociados al invierno.