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Conoce los beneficios disponibles para las personas desempleadas durante el mes de junio
Hoy en día, las personas que están desempleadas tienen la posibilidad de acceder a ciertos apoyos económicos o beneficios, siempre que cumplan con ciertas condiciones.
En junio, como en todo este año, aquellos que estén sin trabajo pueden obtener beneficios al demostrar cierta información relacionada con su situación laboral y otros detalles.
Los beneficios para desempleados disponibles en junio
Considerando lo anterior, a continuación te presentamos los beneficios disponibles para las personas desempleadas durante el mes de junio:
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es un beneficio que busca proteger a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar sin empleo por motivos voluntarios o involuntarios, ya sea por renuncia, en el primer caso, y despido o término de contrato, en el segundo.
Las personas que deseen acceder a esta ayuda económica, deben considerar:
*Estar inscrito(a) en la AFC Chile.
*Estar desempleado y contar con un contrato regulado por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o si es trabajador(a) de casa particular.
*Tener cédula nacional chilena.
A su vez, para optar a los beneficios de este seguro, el afiliado deberá:
*Acreditar su desempleo mediante alguno de los documentos que la ley indica (finiquito, carta de despido o carta de renuncia, entre otros).
*Tener un mínimo de cotizaciones desde la fecha de afiliación o desde el cobro del último giro registrado en su Cuenta Individual de Cesantía, dependiendo de si es un(a) trabajador(a) con contrato indefinido o a plazo fijo, sea por obra o servicio determinado.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía es otro beneficio que permite a los trabajadores desempleados acceder a un aporte económico por un máximo de 360 días.
Como resultado, esta ayuda proporciona:
*Atención médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
*Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
*Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios si el beneficiario fallece.
*El beneficio se entrega por periodos de 90 días, renovables, si se acredita que la persona sigue desempleada, hasta un total de 360 días.
Es importante mencionar que el Subsidio de Cesantía es incompatible con el Seguro de Cesantía.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario tiene como objetivo garantizar beneficios mínimos a los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no disponen de los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) tras perder su trabajo.
Las personas que deseen acceder a este fondo, deben cumplir con las siguientes condiciones:
-Estar desempleado en el momento de la solicitud.
-Que sus recursos en la cuenta individual de cesantía no sean suficientes para financiar un beneficio de acuerdo con los montos y porcentajes que establece la ley.
-Contar con 12 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido, las que deben estar pagadas con anterioridad al término del contrato laboral.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro hasta el mes anterior al término de la relación laboral. Las tres últimas cotizaciones deben ser consecutivas y con el mismo empleador. Que su contrato de trabajo haya terminado por vencimiento del plazo convenido, por conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito, fuerza mayor, cierre del establecimiento o servicio. Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.
Indemnización por término de contrato
La indemnización por término de contrato complementa o sustituye la indemnización por años de servicio y también a la cobertura del Seguro de Cesantía.
Esta indemnización puede ser cobrada en la AFP, pero se tienen que presentar documentos que acrediten el término del contrato de trabajo de la persona.
-Trabajadores dependientes: esta cuenta puede ser abierta acordando con el empleador el aporte mensual que hará este último (para cubrir la indemnización a todo evento).
-Trabajadores de casa particular: por ley, los empleadores tienen la obligación de efectuar los aportes; y el trabajador, el derecho de cobrarla al término del contrato. Además, desde el 1 de octubre de 2020, los trabajadores de casa particular también tienen derecho al Seguro de Cesantía.
Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
Aunque no es un beneficio como tal, sí es una plataforma que ayuda a encontrar ofertas de empleo. Hablamos de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), en la cual el usuario puede registrarse (click aquí) para verificar qué vacantes hay disponibles.
Es importante tener en cuenta que estar registrado en la BNE es necesario para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y corroborar que efectivamente se está buscando trabajo.