¿Eres Mayor de 65 años? Descubre cómo acceder al bono de 200 mil pesos

La Pensión Garantizada Universal (PGU) asegura un monto máximo de $206.173, el cual es establecido por el Instituto de Previsión Social (IPS).

Pensión Garantizada Universal

La Pensión Garantizada Universal es un beneficio económico otorgado por el Instituto de Previsión Social (IPS) a aquellas personas que cumplen con los requisitos establecidos. Uno de los principales requisitos es tener 65 años o más de edad.

Esta pensión garantiza un monto máximo de $206.173, el cual es determinado por el IPS y puede variar en función de diferentes factores. Es importante consultar con el IPS para obtener información actualizada sobre los detalles específicos y los requisitos adicionales que deben cumplirse para acceder a este beneficio.

Si tienes más de 65 años revisa cómo postular al bono de 200 mil pesos para adultos mayores

La Pensión Garantizada Universal (PGU) ha modificado sus requisitos a partir de abril. Ahora, para poder postular a esta pensión, se deben cumplir los siguientes criterios:

  1. Tener 65 años o más de edad.
  2. No formar parte del 10% más rico de la población.
  3. Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile, cumpliendo una de las siguientes condiciones: a) Un período de al menos 20 años continuos o discontinuos, a partir de los 20 años de edad. b) Un lapso de al menos cuatro años de residencia en los últimos cinco años previos a la presentación de la solicitud para acceder al beneficio de la PGU.
  4. Contar con una pensión base inferior a $1.114.446, establecida como el monto de la pensión superior según la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de la PGU.

Estos cambios en los requisitos buscan asegurar que la PGU sea entregada a quienes realmente lo necesiten y cumplan con las condiciones establecidas. Para obtener información actualizada y más detalles específicos, es recomendable contactar directamente con el Instituto de Previsión Social (IPS).

La postulación a la Pensión Garantizada Universal (PGU) se puede realizar durante todo el año a través de diversos canales. Estas son las opciones disponibles:

  1. Postulación en línea: Puedes ingresar a los sitios web chileatiende.cl o www.ips.gob.cl y realizar el trámite en línea utilizando tu RUT y Clave Única.
  2. Postulación presencial: También puedes acudir de forma presencial a las sucursales de ChileAtiende o del Instituto de Previsión Social (IPS) para realizar la postulación en persona. Allí recibirás asistencia y orientación para completar el proceso.
  3. Trámite en la municipalidad: Otra opción es realizar el trámite de postulación en la municipalidad correspondiente a tu lugar de residencia. Allí podrán brindarte información y guiar el proceso.
  4. A través de AFP o compañías de seguros: Si eres afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o cuentas con un seguro previsional, también puedes realizar la postulación a través de estas entidades. Ellos podrán proporcionarte los detalles específicos sobre cómo realizar el trámite.

Es importante tener en cuenta que los requisitos y procedimientos pueden variar, por lo que es recomendable consultar directamente con el Instituto de Previsión Social (IPS) o las entidades correspondientes para obtener información actualizada y precisa sobre el proceso de postulación a la PGU.

¿Por qué alguna personas reciben más dinero en la pensión de mayo?

Los pensionados que son beneficiarios del Bono Invierno recibirán el pago anual de este beneficio en conjunto con su pensión correspondiente al mes de mayo, lo que resultará en un aumento en el monto total de la pensión.

Es importante tener presente que el monto del Bono Invierno para este año es de $74.767, y este pago adicional no está sujeto a impuestos ni a descuentos. Por tanto, los pensionados recibirán el monto completo sin ninguna retención, lo que contribuirá a mejorar su situación económica durante la temporada de invierno.

Las personas que están pensionadas por Dipreca o Capredena ¿Pueden recibir la PGU?

Desde ChileAtiende informan que esto no es posible, por los siguientes motivos:

“A las personas imponentes o pensionadas (como titulares o con pensión de sobrevivencia) de los regímenes de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca), no les serán aplicables las disposiciones del beneficio de PGU, ni aun cuando además se encuentren afiliadas o afectas a otro régimen previsional“.

¿Se puede perder la PGU?

Sí, en los siguientes casos:

  • Por el no cobro de la PGU durante seis meses continuos.
  • Por la no presentación de antecedentes ante el IPS para verificar el cumplimiento de requisitos para la mantención del beneficio en los tres meses siguientes a su requerimiento.

Además, se extinguirá en los siguientes casos:

  • Por el fallecimiento de la persona beneficiaria. En este caso, el beneficio se pagará hasta el último día del mes del fallecimiento.
  • Por permanecer fuera del territorio nacional por un período superior a 180 días (seis meses) continuos o discontinuos durante un año calendario.
  • Por haber entregado antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder al beneficio de la PGU.
  • Por haber dejado de cumplir con el requisito de no pertenecer al 10% más rico de la población.