¿Eres cotizante en una AFP? Entérate de los pagos que podrías recibir en mayo
Si bien algunos de estos incentivos están destinados a individuos que ya se han jubilado, otros pueden ser requeridos por aquellos que aún se encuentran en edad laboral, incluyendo a trabajadores jóvenes o adultos mayores que siguen trabajando y aún no se han retirado.
Es posible que muchos cotizantes no estén al tanto de los beneficios a los que pueden acceder al estar afiliados a una Administradora de Fondos de Pensiones, especialmente mientras se espera la aprobación de los proyectos de ley que buscan establecer un sexto retiro de fondos.
Aunque algunos de estos beneficios están dirigidos a personas jubiladas, hay otros que pueden ser solicitados por aquellos que aún se encuentran en edad laboral, como trabajadores jóvenes o adultos mayores que siguen trabajando y aún no son pensionados.
¿Cuáles son los beneficios para los afiliados a las AFP?
Pensión Garantizada Universal
Las personas mayores de 65 años, tanto pensionados de AFP como no jubilados, pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), un beneficio de hasta $206.173 al mes, previa solicitud y cumplimiento de los requisitos de acceso.
Desde abril, la ley corta PGU estableció una modificación en su focalización, permitiendo a las personas dentro del 90% más vulnerable de la población total del país postular al aporte estatal.
Los solicitantes que fueron rechazados antes de abril serán reevaluados automáticamente por el Instituto de Previsión Social (IPS), sin necesidad de realizar un trámite adicional.
ChileAtiende y sus sucursales en todo el país ofrecen la posibilidad de solicitar la PGU a través de su sitio web.
Bono de Reconocimiento
Una opción que tienen las personas que se hayan cambiado del antiguo sistema de pensiones a las actuales AFP es solicitar el Bono de Reconocimiento, un beneficio que les otorga el Estado en forma de un monto de dinero.
El bono se determina según los periodos de cotización que la persona tenga en el antiguo régimen previsional y se deposita en la cuenta de capitalización individual del beneficiario al momento de jubilarse por vejez o invalidez, o al momento de fallecer.
Para solicitar el bono, la persona debe llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento en la AFP donde está afiliada, incluyendo el detalle de empleadores en caso de ser necesario.
Bono Post Laboral
Se ofrece un bono llamado Bono Post Laboral a los empleados del sector público que están afiliados a una AFP y que tienen una baja tasa de reemplazo en sus pensiones.
Este beneficio otorga un pago de $90.877 que se entrega de por vida y no es imponible, ni constituye una indemnización o renta. El bono puede ser solicitado por mujeres a los 60 años y por hombres a los 65 años.
La solicitud debe ser presentada ante la jefatura superior del servicio u organismo en el que el solicitante esté trabajando dentro de los 12 meses siguientes a la edad legal de jubilación. Es importante mencionar que este bono no se puede solicitar si el solicitante ya se encuentra pensionado.
Bono por hijo
Las madres biológicas o adoptivas tienen derecho al Bono por Hijo, el cual se entrega al momento en que la mujer cumpla 65 años y se pensione.
A diferencia de otros beneficios, este bono no se paga al momento del nacimiento del hijo. El monto del bono es equivalente al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales y comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo.
Las mujeres afiliadas a una AFP recibirán los pagos del bono junto con su pensión, y el pago se realiza hasta que se agote la totalidad del monto.
Subsidio a la Cotización de Trabajadores Jóvenes
Si eres un trabajador o trabajadora con edades comprendidas entre 18 y 35 años, y tu sueldo no supera 1,5 ingresos mínimos mensuales, puedes solicitar el Subsidio a la Cotización de Trabajadores Jóvenes.
Este subsidio tiene como finalidad mejorar tus pensiones futuras. El monto mensual del subsidio es de $20.500, que equivale al 50% de una cotización previsional calculada en base a un ingreso mínimo. El dinero se deposita directamente en la cuenta de capitalización individual que tengas en tu respectiva AFP.
Para solicitar este subsidio, puedes hacerlo presencialmente en la AFP a la que estás afiliado/a o en alguna sucursal de Chile Atiende. También puedes realizar la solicitud por Internet a través del sitio web oficial.
Garantía Estatal
Se puede recibir la Garantía Estatal como un complemento a la pensión de los afiliados a la AFP. Esta ayuda se otorga cuando se ha agotado el saldo de la cuenta individual del afiliado, debido a que se ha financiado la pensión a través del retiro programado o una renta vitalicia que es menor a la pensión mínima vigente.
Los montos del beneficio son ajustados anualmente en diciembre, y su monto depende de las características y edad del beneficiario. Para solicitar la Garantía Estatal, es necesario llenar un formulario de solicitud en la AFP o en la compañía de seguros que administre la pensión.
Cuota Mortuoria
Se ofrece una cuota mortuoria para cubrir los gastos funerarios de las personas afiliadas a una AFP o beneficiarias de la PGU sin derecho a asignación por muerte.
El beneficio se financia con el saldo de la cuenta individual de la persona fallecida y es de un monto fijo de 15 UF (alrededor de $540 mil). En caso de que el saldo sea menor, el Estado cubrirá la diferencia para los afiliados a la AFP y beneficiarios de la PGU.
Además, los beneficiarios de la PGU que no pertenezcan a ningún sistema previsional o no tengan fondos también recibirán el monto completo del beneficio.