Aumento del Subsidio Familiar: ¿Quiénes son los beneficiarios y en qué consiste?
Hasta el último día de abril, el beneficio del Subsidio Familiar entregaba una suma de $16.828 por cada carga familiar, excepto en el caso de personas con discapacidad, cuyo monto se duplicaba a $33.656.
El Subsidio Familiar ha experimentado un aumento en el monto entregado a sus beneficiarios, lo que se considera una ayuda significativa para la economía de los hogares en el país.
Este subsidio, también conocido como Subsidio Único Familiar (SUF), tiene como objetivo principal brindar apoyo a personas de bajos ingresos que estén registradas en el Registro Social de Hogares (RSH) y cumplan con otros requisitos.
Usualmente, el monto del subsidio aumenta en conjunto con el incremento del salario mínimo mensual y otros beneficios similares.
No obstante, este año será diferente, puesto que recientemente el Congreso Nacional aprobó una iniciativa presentada por el Gobierno para fortalecer la seguridad económica, lo que incluyó un aumento en el Subsidio Único Familiar (SUF).
¿Cuál será el alza en el Subsidio Familiar?
Hasta el 30 de abril, el Subsidio Familiar otorgaba $16.828 por carga familiar, mientras que para aquellos con discapacidad, el monto se duplicaba a $33.656.
Sin embargo, gracias a la Ley 21.550, que incluye medidas para mejorar la seguridad económica presentadas por la administración del Presidente Gabriel Boric, el monto del beneficio se ha aumentado a $20.328 al mes, a partir del 1 de mayo.
¿Quiénes son beneficiarios del SUF?
El orden prioritario para la entrega del Subsidio Familiar es: madre, padre, guardadores o personas que se hagan cargo de los menores, personas naturales con discapacidad intelectual o inválidos que vivan a su cargo y embarazadas que reciban el Subsidio Maternal. Para ser beneficiarios, los causantes deben vivir a su cargo y cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser menores de edad (hasta los 18 años), participar en programas de salud infantil establecidos por el Ministerio de Salud hasta los 8 años y no tener una renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. Los niños mayores de 6 años también deben ser estudiantes regulares de enseñanza básica, media, superior u otros equivalentes en establecimientos reconocidos por el Estado, a menos que sean personas con discapacidad.
- Tener discapacidad intelectual, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
- Estar en situación de discapacidad, de cualquier edad.
Adicionalmente, la Ley 21.550 establece que “el Subsidio Familiar se otorgará de manera automática cuando los causantes sean niños, niñas o adolescentes menores de 18 años que pertenezcan a hogares en el 40% socioeconómicamente más vulnerable de la población, según el instrumento del artículo 5° de la Ley 20.379“.