IFE Laboral Revelado: ¿Eres tú uno de los beneficiarios?

El IFE Laboral Apoya es un beneficio otorgado por el Sence a los trabajadores con nuevos contratos y a aquellos que estaban cesantes.

IFE Laboral

El próximo 5 de mayo dará inicio un nuevo ciclo de pagos del IFE Laboral Apoya, un subsidio entregado por el Sence a trabajadores cesantes o con nuevos contratos.

Para ser elegible, el trabajador debe cumplir con los requisitos del subsidio y su salario no debe superar los tres ingresos mínimos mensuales, que actualmente son $1.230.000. Debido a que se han ampliado los plazos de postulación, es posible solicitar este bono hasta junio de 2023.

Revisa quiénes reciben el IFE Laboral

Este beneficio está dirigido a todas aquellas personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener un nuevo contrato de trabajo en el mes en curso de la postulación y no tener registro de pago de cotizaciones en los últimos tres meses por el mismo empleador.
  • Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a 3 Ingresos Mínimos Mensuales ($1.230.000).
  • Haber estado cesante durante todo el mes anterior a la postulación del beneficio, por lo que no debe registrar cotizaciones de salud y previsión por otro empleador en este periodo.

Consigue el Bono de Protección: Pasos sencillos para recibir el beneficio

¿Qué montos entrega el IFE Laboral?

Los montos que entrega el IFE Laboral dependerán de una serie de distintos factores, tales como la edad y género de su receptor. En este sentido, el valor a recibir se divide en dos grupos:

  • Hombres mayores de 24 y menores de 55 años: 25% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
  • Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez: 60% de su Remuneración Bruta Mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.

¿Quiénes no pueden recibir el IFE Laboral?

Por su parte, hay una serie de personas que no podrán recibir el aporte, siendo estas:

  • Personas que no hayan estado cesantes antes de firmar el nuevo contrato con el que postularán al beneficio.
  • Personas que estén con licencia médica al momento de su postulación. Incluye pre y post natal.
  • Personas que estén con licencia médica al momento de su postulación. Incluye pre y post natal.