¿Quieres postular a la Pensión Garantizada Universal? Descubre cuál es la edad mínima de postulación

A partir de agosto del año 2022, para poder postular a la Pensión Garantizada Universal (PGU), se necesitará tener una edad igual o superior a 65 años.

Pensión Garantizada Universal

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es uno de los beneficios más relevantes del Estado para los jubilados, ya que aumenta las pensiones de los adultos mayores del país.

Durante el mes de abril, hubo un cambio significativo en este apoyo gubernamental, ya que se eliminó un requisito que anteriormente restringía el acceso a los $206.173 que se entregan mensualmente a los beneficiarios.

Con este cambio, se ha ampliado el número de personas que pueden recibir este aporte económico.

Una sola de las exigencias para recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU) fue modificada en abril, mientras que las demás condiciones se mantienen igual. Una de estas condiciones establece la edad mínima requerida para solicitar este tipo de pensión.

¿Cuál es la edad mínima para solicitar la PGU?

Desde agosto de 2022, la Pensión Garantizada Universal (PGU) requería que los solicitantes tuvieran 65 años o más para postular.

Un cambio reciente en la Ley Corta PGU en abril de 2023 eliminó el requisito de que los solicitantes fueran parte del 10% más pobre de la población de 65 años o más.

Los otros requisitos para postular a la PGU son los siguientes: tener una pensión base menor a $1.048.200 establecida por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU y demostrar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos desde que el solicitante cumplió 20 años de edad, o residir en Chile durante al menos cuatro años de los últimos cinco años previos a la solicitud.

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¿Quiénes pueden perder la PGU?

Se puede perder temporal o definitivamente el derecho a recibir la Pensión Garantizada Universal por dos razones. La primera es no cobrar el beneficio durante 6 meses seguidos.

No obstante, se puede solicitar la reactivación hasta 6 meses después de la suspensión. En caso de que el plazo transcurra sin que se haya solicitado la reactivación, el beneficio se extinguirá.

La segunda razón es no proporcionar al Instituto de Previsión Social (IPS), dentro de los 3 meses siguientes al requerimiento, los antecedentes necesarios para comprobar el cumplimiento de los requisitos para mantener el beneficio.