Seguro de Cesantía: Conoce cuánto dinero tienes acumulado
Se puede solicitar cuando el trabajador esté cesante.
El Seguro de Cesantía protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), en caso de quedar cesante por renuncia, despido o fin del contrato.
Todos los trabajadores que estén afiliados tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y, al perder el empleo, pueden retirar el dinero acumulado en esa cuenta, mediante giros mensuales.
Las personas son afiliadas automáticamente al Seguro de Cesantía cuando tienen más de 18 años y cuentan con un contrato que está regido por el Código del Trabajo, por el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o son trabajador(a) de casa particular.
¿Cómo revisar cuánto dinero tengo acumulado?
Los afiliados pueden revisar sus cartolas para conocer el monto que tienen acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía, además de los movimientos y aportes realizados.
Para saber el monto debes seguir los siguientes pasos:
- Entrar a la sucursal virtual de la AFC.
- Iniciar sesión con RUT y Clave Única o contraseña de la AFC.
- El sistema mostrará inmediatamente el monto que tiene ahorrado la persona.
¿Quiénes pueden cobrar el Seguro de Cesantía?
Se puede solicitar cuando el trabajador esté cesante.
Para optar al seguro, hay que cumplir los siguientes requisitos:
- Estar cesante y acreditarlo mediante el finiquito, la carta de despido, la carta de renuncia, el acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial, según corresponda.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Se solicita tener al menos 12 cotizaciones, continuas o descontinuas, en caso de haber tenido contrato indefinido o de trabajador de casa particular. En caso de haber tenido contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio, se requiere al menos seis cotizaciones, continuas o descontinuas.
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Las cotizaciones pueden ser de uno o más empleadores.
Junto al documento de término de la relación laboral, los trabajadores de jornada parcial deben presentar el contrato de trabajo (para verificar las horas que allí se pactaron), indican desde Chile Atiende.
Para cobrarlo hay que entrar a la sucursal virtual de la AFC, iniciar sesión, hacer clic en “cobro del seguro”, seleccionar “comenzar solicitud de cobro” y seguir las instrucciones indicadas en el sitio.