Beneficios para cesantes: Los aportes que puedes cobrar en MARZO
El Estado cuenta con diversas ayudas económicas para este grupo de la población.
Marzo representa el inicio de un nuevo año escolar o universitario y también retomar sus funciones laborales.
Hay quienes, en paralelo, se encuentran en situación de cesantía y que están en búsqueda de empleo.
El Estado cuenta con diversas ayudas económicas para este grupo de la población, con el objetivo de que puedan recibir ingresos mientras esperan poder encontrar un nuevo empleo.
Los beneficios para cesantes
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía considera el monto ahorrado en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) administrada por AFC Chile.
Los trabajadores pueden acogerse en caso de ser cesados de sus fuentes laborales.
Va dirigida a los trabajadores que hayan tenido un contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicios, antes de quedar cesantes. Sus contratos deben estar regidos por el Código del Trabajo.
Una vez que los trabajadores están afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), se abre una CIC de manera automática. Los ahorros corresponden a un descuento de la remuneración bruta mensual, lo cual se encuentra detallado en la respectiva liquidación de sueldo.
Según la AFC, las personas que tengan su Cuenta Individual de Cesantía de la AFC pueden “recibir entre 1 y 13 pagos mensuales, siempre que el saldo en su cuenta lo permita”. Haz clic aquí para cobrar el beneficio.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía permite que las personas que están cesantes puedan acceder a un aporte económico mensual, por un periodo máximo de 360 días, aunque es necesario cumplir con ciertos requisitos.
El beneficio da derecho a:
- Asistencia médica gratuita en los consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
- Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
- Asignación por muerte, que cubre los gastos funerarios en caso de que la persona beneficiaria fallezca.
Debe ser solicitado ante la institución previsional correspondiente, es decir, el Instituto de Previsión Social (IPS) o una Caja de Compensación, que también estará encargada de su respectivo pago.
Fondo de Cesantía Solidario
Si el trabajador no cuenta con los recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía para solicitar el Seguro de Cesantía, puede pedir el Fondo de Cesantía Solidario, pero deberá cumplir con ciertos requisitos.
La persona podrá optar a tres pagos, si es que contó con un contrato a plazo fijo, y cinco si tuvo contrato indefinido.
El usuario solo puede acceder al Fondo de Cesantía Solidario hasta 10 veces en 5 años.
Indemnización por término de contrato
Se trata de una indemnización que complementa o sustituye la indemnización por años de servicio, también a la cobertura del Seguro de Cesantía.
Se puede cobrar en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), aunque la persona deberá presentar documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.
Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
Para quienes estén en búsqueda de trabajo, una alternativa es la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una plataforma en la cual el usuario podrá encontrar diversas ofertas laborales (pincha aquí).
La persona se puede registrar de manera gratuita.
Estar inscrito en la BNE es necesario para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y corroborar que efectivamente se está buscando trabajo.