Subsidio Único Familiar: ¿Puede mi familia cobrar el bono?
Este trámite solo se puede realizar a través de la municipalidad correspondiente a su domicilio y puedes postular durante todo el año.
El Subsidio Único Familiar (SUF) lo cobran las personas de escasos recursos que pertenezcan al 60 % de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares (RSH); que no sean capaces de mantener a sus cargas familiares.
Quienes reúnan los requisitos pueden postular directamente en la Municipalidad más cercana a su domicilio.
El monto es de $16.418 por carga familiar, una cifra que se duplica para las personas en situación de discapacidad.
Desde este 1 de mayo, según las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno, en caso de ser aprobadas, el monto podría aumentar a $20.328 por causante.
En el caso de las embarazadas, ellas pueden solicitar el Subsidio Maternal desde el quinto mes de gestación, momento en el que se debe dejar de recibir el Subsidio Familiar, por pasar a ser “causante madre”.
Este aporte cubre todo el embarazo y se paga a través del Instituto de Previsión Social (IPS).
Este beneficio es incompatible con:
- Los demás beneficios del Sistema Único de Prestaciones Familiares (asignaciones familiares).
- La Pensión Básica Solidaria de Invalides (PBSI) y la Pensión Garantizada Universal (PGU), con respecto de los causantes en situación de discapacidad e invalidez.
- El Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años.
¿Cuándo pagan el aporte?
El pago de este beneficio varía según el tipo de beneficiario, por lo que no hay una fecha exacta.
Pero puedes consultar cuando te toca el pago ingresando AQUÍ y digitando tu RUT. El sistema te indicará la fecha y forma de pago y además, puedes informarte sobre otros bonos o pensiones asociadas.
Los que dispongan de CuentaRUT vigente, recibirán el dinero por esa vía. En caso de preferir otro modo de pago, se puede solicitar la modificación.
Este subsidio se paga en el siguiente orden:
- A la madre.
- En su defecto, al padre.
- Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
- Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
- Las embarazadas (como Subsidio Maternal).
¿Cómo postular?
Este trámite solo se puede realizar a través de la municipalidad correspondiente a su domicilio y puedes postular durante todo el año.
El Gobierno está buscando resolver, con el nuevo proyecto de ley, que el trámite se pueda realizar de forma online cuando los causantes sean menores de edad y que se encuentren en el tramo del 40 % de mayor vulnerabilidad.
¿Cuánto dura el beneficio?
Dura tres años, contados desde el mes en el que comenzó a percibirse, sin necesidad de perjuicio de la facultad que tienen los alcaldes de revisarlo en cualquier oportunidad y extinguirlo en caso de dejar de cumplir con los requisitos.
¿Qué documentos necesito para realizar el trámite?
Estos van a variar según lo que disponga cada municipalidad, pero por lo general son:
- Certificado de nacimiento de la o el menor.
- Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
- Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
- Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
- Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
- En caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
- Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.