Consulta con tu RUT si tu familia podrá recibir el Subsidio Único Familiar

Los hogares que resulten beneficiarios recibirán pagos mensuales de $16.828 por un periodo de tres años y cuyo monto se ajusta anualmente.

El Subsidio Único Familiar (SUF) lo cobran las madres, padres o tutores que no cuenten con los recursos para costear los gastos de sus cargas familiares.

Los hogares que resulten beneficiarios recibirán pagos mensuales de $16.828 por un periodo de tres años y cuyo monto se ajusta anualmente.

Para poder acceder a los pagos es necesario cumplir con una serie de requisitos y hacer la postulación de forma presencial directamente en la municipalidad de la comuna en la que residas.

Luego de esto, comenzarás a recibir tu pago en un periodo de hasta 60 días.

¿Cómo saber cuándo recibiré el pago del Subsidio Único Familiar?

No existe una fecha exacta para el pago de este beneficio, sin embargo las personas pueden consultar de forma fácil y rápida.

Solo deben ingresar al sitio de consultas de ChileAtiende, digitar su RUT y pulsar en “Consultar”. El sitio mostrará el día en que recibirás tu pago y la forma, por transferencia o presencial.

¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?

Las personas que pueden solicitar los pagos son aquellas que estén en el 60 % del Registro Social de Hogares que cumplan uno de estos roles:

  • Madre.
  • Padre.
  • El o la guardadora que tenga a su cargo al o los menores.
  • La persona natural que tenga a su cargo persona(s) con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (reciben el subsidio maternal).

Al momento de solicitar el beneficio en la municipalidad correspondiente, es importante presentar la siguiente documentación:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Carnet control niño sano al día, para menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, para mayores de 6 años y menores de 18.
  • Para las personas con discapacidad intelectual, se debe presentar acreditación de su condición. esto se realiza a través de la comisión de medicina preventiva e invalidez (compin) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.