Estas familias podrán recibir la Asignación Familiar: Conoce el monto que entrega

Se entrega por carga familiar que se tenga acreditada y cumplan con los requisitos.

La Asignación Familiar beneficia a los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados.

Se entrega por carga familiar que se tenga acreditada y cumplan con los requisitos, así lo establece el IPS.

¿Cuándo pagan la Asignación Familiar y qué requisitos debo cumplir?

La fecha de pago la puedes CONSULTAR AQUÍ con tu RUT.

Quienes reciban Asignación Familiar por causal de invalidez, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.

Pueden acceder las siguientes personas:

Tienen derecho al beneficio las siguientes personas:

  • Trabajadores dependientes sector público y privado.
  • Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
  • Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
  • Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
  • Pensionados de cualquier régimen.
  • Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
  • Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
  • Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
  • Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
  • Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
  • Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.

Las personas por la que se cobra son:

  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Hijos o hijastros, hasta los 18 años o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
  • Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
  • Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

¿Cómo se paga la Asignación Familiar?

  • Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
  • Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
  • Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
  • Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
  • Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.

Monto de pago de la Asignación Familiar

El dinero del subsidio dependerá de la remuneración del trabajador y son los siguientes de acuerdo a la Ley N° 21.456 a partir del 1 de enero del 2023.

  • Ingreso mensual hasta $ 429.899: Pago de $16.828
  • Ingreso mensual entre $ 429.900 y $ 627.913: Pago de $10.327
  • Ingreso mensual entre $ 627.914 y $ 979.330: Pago de $3.264
  • Ingreso mensual a partir a $ 979.331: Pago de $0