Subsidio Familiar: ¿Quiénes podrán cobrar los pagos durante 2023?

Se trata del Subsidio Familiar, el que además de otorgar dinero, permite a sus beneficiarios acceder gratuitamente a prestaciones médicas y odontológicas.

Para las familias más vulnerables del país, el Estado dispone de un importante beneficio que tiene una duración de tres años y que se solicita en las municipalidades.

Se trata del Subsidio Familiar, el que además de otorgar dinero, permite a sus beneficiarios acceder gratuitamente a prestaciones médicas y odontológicas.

El recibir este aporte estatal también da derecho a otras ayudas sociales.

Las personas que tengan acreditadas su cargas familiares al 31 de agosto de 2022, actualmente son beneficiarias del Aporte Canasta Básica, el que desde mayo podría ser reemplazado por el Bolsillo Familiar Electrónico.

¿Quiénes pueden recibir el beneficio en 2023?

Está dirigido a quienes estén dentro del 60 % más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).

Actualmente, tras el alza del sueldo mínimo a $410.000, el aporte entrega un monto de $16.828 por carga familiar. En caso de tener personas con discapacidad, el monto es del doble, es decir, $33.656.

Se entrega a personas que “no están en condición de proveer por sí solas (o en unión del grupo familiar) a la mantención y crianza del causante” de este apoyo monetario, otorgándose en el siguiente orden:

  • La madre.
  • En su defecto, el padre.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual o inválidos de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Las embarazadas (como Subsidio Maternal).

En cuanto a los causantes del subsidio (no beneficiarios, sino personas que motivan la entrega del Subsidio Familiar), estos pueden ser:

  • Menores de 18 años de edad y que participen de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años y que no perciban renta igual o superior al valor del Subsidio Familiar. En el caso de los mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son estudiantes de básica, media, superior u otros equivalentes, en establecimientos reconocidos por el Estado.
  • Personas que tengan discapacidad intelectual a las que se refiere la Ley Nº 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Personas que estén en situación de discapacidad de cualquier edad.

¿Qué necesito para solicitar el subsidio?

La respectiva municipalidad exige los siguientes documentos para efectuar la solicitud del Subsidio Familiar, según lo que consigna Chile Atiende.

  • Certificado de nacimiento de la o el menor causante.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre, padre o quien corresponda.
  • Declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante, en caso de personas con discapacidad.
  • En el caso de embarazadas, deberá presentarse certificación que acredite estar en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.