¡ASI LO PUEDES COBRAR! Todo sobre los pago electrónico de los bonos del Estado
Se acercan las vacaciones de verano y es probable que muchas personas se vean complicadas con la forma de pago de los beneficios estatales que reciben por parte del Instituto de Previsión Social (IPS), específicamente aquellas que lo cobran de forma presencial.
Probablemente pasen unos días del periodo estival en otra ciudad —o incluso país—, lo que dificulta la realización del cobro del aporte económico.
La buena noticia es que el IPS da la opción de cambiar el pago presencial por el pago electrónico, lo que significa que recibirán el respectivo pago a través de depósito bancario, ya sea en su Cuenta RUT o en la cuenta bancaria que estimen conveniente.
¿Quiénes pueden cambiar la forma de pago de sus beneficios?
El IPS detalló que dentro de quienes pueden solicitar el cambio de su forma de pago están los beneficiarios de:
- Pensión Garantizada Universal.
- Pensionados de las ex Cajas de Previsión.
- Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Subsidio Familiar, ente otros.
“El trámite es gratuito y el requisito es que la cuenta bancaria sea del titular de la pensión o beneficio, y no de terceros”, señala el IPS.
En el caso de las personas que obtienen su pensión presencial mediante su AFP o compañía de seguros, ellas deben efectuar el trámite en su respectiva entidad.
¿Cómo puedo solicitar el pago electrónico?
Quienes reciban de manera presencial alguno de sus beneficios del IPS y quieran optar al pago electrónico, pueden solicitar el cambio por internet o de manera presencial.
Trámite en línea
Durante todo el año, las personas pueden entrar al sitio de ChileAtiende para modificar la forma de pago de un beneficio (ingresa aquí).
Deberán hacer clic en “realizar modificación”, seleccionar “cambiar forma de pago” y acceder con Clave Única.
Trámite presencial
Para efectuar el trámite presencialmente, hay que acudir de lunes a viernes a sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social con la cédula de identidad vigente o un poder notarial, si el trámite es realizado por un apoderado.
El cambio se hace efectivo en un lapso entre 30 y 60 días, dependiendo de la fecha de la solicitud.
Para mayor seguridad, el IPS sugiere que antes de ir a cobrar su beneficio, la persona consulte a través de los canales ChileAtiende si ya se efectuó la operación.