IFE Laboral: ¿Cómo saber si puedo cobrar hasta $300 mil?
Este beneficio tendrá su postulaciones abiertas hasta junio de 2023.
El IFE Laboral lo cobran los trabajadores que se empleen de manera formal luego de haber estado cesantes, al menos, un mes antes de su postulación.
Entrega un aporte mensual de hasta $300 mil, por un periodo de tres meses seguidos. El total a recibir dependerá de ciertas características del postulante.
En primera instancia, se podía solicitar hasta diciembre de 2022. No obstante, y tras los anuncios que realizó el Presidente Gabriel Boric el pasado 5 de enero, este beneficio tendrá su postulaciones abiertas hasta junio de 2023.
¿Cómo puedo revisar si soy beneficiario del IFE Laboral?
Para conocer si podrás recibir los tres pagos mensuales puedes continuar con las siguientes indicaciones:
- Ingresa a la página del Sence sobre el IFE Laboral y presiona en “Iniciar Sesión”.
- Digita tu RUT y Clave Única.
- Selecciona “Tu Cuenta”.
- Tras esto, la plataforma mostrará el historial de solicitudes que has realizado durante este año o el año anterior.
Si en el estado de tu postulación dice “Concedido”, significa que eres uno de los beneficiarios y que podrás recibir tu pago este 9 de enero (si es que postulaste en noviembre).
No obstante, si tu postulación es “Rechazada”, puedes seleccionar la opción “Ver detalle e historial de cambios”, en este se indicará el motivo por el cual no podrás recibir los pagos de este bono.
¿Qué requisitos debo cumplir para postular al IFE Laboral?
Para solicitar el aporte, los trabajadores deberán cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
No podrán acceder:
- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
- Quienes estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
- Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.