IFE Laboral: Con tu RUT puedes saber si lo cobrarás
Deben tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000).
El IFE Laboral es administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), está dirigido a trabajadores mayores de 18 años de edad.
Podrán recibir el aporte de $100 mil o $300 mil quienes hayan estado cesantes al menos un mes antes de realizar su postulación.
Los trabajadores que deseen acceder al IFE Laboral, deberán contar con el requisito de tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000).
Revisa con tu RUT si puedes ser beneficiario del IFE Laboral
Para conocer si podrán recibir los pagos, los solicitantes deberán continuar con las siguientes indicaciones:
- Ingresa a la página oficial del IFE Laboral y presiona en “Iniciar Sesión”.
- Digita tu RUT y Clave Única.
- Selecciona en “Tu Cuenta”.
- La plataforma mostrará el historial de solicitudes que has realizado durante este año.
- Si en el estado de tu postulación dice “Concedido”, significa que eres uno de los beneficiarios del IFE Laboral y que podrás recibir tu pago a partir del próximo 7 de enero.
- Si tu postulación es “Rechazada”, puedes seleccionar la opción “Ver detalle e historial de cambios”, en este se indicará el motivo por el cual no podrás recibir los pagos de este bono.
¿Quiénes pueden postular al IFE Laboral?
Podrán acceder a este aporte quienes cumplan con los siguientes requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
Sin embargo, no podrán acceder al IFE Laboral:
- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
- Quienes estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
- Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.