Bono por Asistencia Escolar: Conoce quiénes son los beneficiarios
Entrega un aporte de $8 mil mensuales, el objetivo de este bono es incentivar la actitud responsable y comprometida con la educación de niños, niñas y adolescentes del país.
El Bono por Asistencia Escolar lo entrega el Ministerio de Desarrollo Social y Familia a aquellos estudiantes que cumplan con una asistencia mensual igual o superior al 85 %.
Pertenece a Chile Seguridades y Oportunidades, se otorga por hasta 24 meses de manera automática a las familias con integrantes que cumplan con los requisitos.
Entrega un aporte de $8 mil mensuales, el objetivo de este bono es incentivar la actitud responsable y comprometida con la educación de niños, niñas y adolescentes del país.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el Bono por Asistencia Escolar?
Para recibir lo es necesario también ser beneficiario del Bono Protección, el Bono Base Familiar, así como también pertenecer al subsistema Chile Seguridades y Oportunidades y cumplir con los siguientes requisitos:
- Que la familia, en su composición familiar, tenga niños, niñas y adolescentes cuya edad esté entre los 6 y los 18 años al 31 de marzo del año respectivo.
- Que los niños, niñas y adolescentes estén cursando estudios en un establecimiento institucional reconocido por el Estado, en los niveles de educación básica o media.
- Que los niños, niñas y adolescentes cumplan una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%. Para cumplir con esta condición durante los meses de enero y febrero, se considerará la asistencia escolar promedio para el período julio-diciembre del año anterior.
Revisa con tu RUT si recibes este aporte
En la plataforma web de ChileAtiende debes escribir tu RUT para verificar si recibes una gran variedad de beneficios, entre los que se encuentra este bono.
En caso de ser beneficiario, podrás revisar el método de pago, así como la fecha en la que lo recibirás y el monto asignado para tu familia.
¿Quién puede cobrar el beneficio?
Este aporte puede ser cobrado por el integrante de la familia que corresponda, según este orden de prioridad:
- Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
¿Dónde se puede cobrar el Bono por Asistencia Escolar y cuál es el plazo para hacerlo?
Si la familia resulta beneficiaria podrá escoger de qué manera recibir el beneficio, existiendo dos opciones para esto:
- Depósito electrónico en la cuenta bancaria del cobrador de la familia, o en CuentaRUT que abre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, sin costo para el usuario.
Para la modalidad de pago bancario se aplica un subsidio equivalente a 700 pesos mensuales, le permite al usuario realizar dos giros mensuales y emitir una cartola bancaria.
En este caso, no existe plazo para cobrar el Bono por Asistencia Escolar, ya que este se realiza de manera automática.
- Pago presencial en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de BancoEstado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad, el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.
Si se escoge esta opción de pago, el plazo para el cobro es de 6 meses. En caso de no hacerlo en el tiempo establecido, se entiende que se renuncia al beneficio.