Subsidio Único Familiar: Revisa quiénes lo cobran

Los pagos comienzan al mes siguiente de la publicación del decreto en que se reconocen a los beneficiarios.

El Subsidio Único Familiar (SUF) otorga $15.597 por carga familiar y es requisito para recibir otras ayudas socioeconómicas del Estado, como el Aporte Canasta Básica.

Ser beneficiario del SUF bastaría para recibir el Bono Apoya Chile Invierno que presentó el Gobierno recientemente para ayudar a las familias a paliar la crisis inflacionaria.

¿Quiénes son los beneficiarios y los causantes?

Tal como señala el Instituto de Previsión Social (IPS), existe una distinción entre ser beneficiario y ser causante del Subsidio Familiar.

Los primeros son quienes reciben el pago; mientras que los segundos, por quienes se otorga el pago. En otras palabras, el beneficiario obtiene el dinero debido al causante.

Los beneficiarios pueden ser estas personas (en el siguiente orden de prioridad):

  • La madre.
  • El padre.
  • Los guardadores o personas que hayan tomado a su cargo el menor.
  • Las personas naturales que tengan a su cargo personas con discapacidad mental de cualquier edad y que vivan a sus expensas.

Por su parte, los causantes son:

  • Los menores hasta los 18 años de edad.
  • Personas con discapacidad mental (Ley N° 18.600).
  • Personas con discapacidad de cualquier edad.
  • La mujer embarazada.
  • La madre de los menores.

¿Cuáles son los requisitos?

Es otorgado para las familias que pertenezcan al 60 % más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH), y que reúnan las siguientes condiciones:

Beneficiarios

  • Haber solicitado por escrito el Subsidio Familiar en la municipalidad que corresponda a su domicilio.
  • No estar en situación de proveer, por sí solo o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante, atendidas las condiciones sociales y económicas del beneficiario.

Causantes

  • Los menores de 18 años, las personas con discapacidad mental y las personas con discapacidad de cualquier edad deben vivir a expensas del beneficiario. También se les exige no estar recibiendo ningún ingreso igual o mayor al monto del subsidio ($15.597).

El IPS detalla que solamente para los menores de 18 años aplica el requisito de:

“participar de los programas de salud establecidos por el Ministerio de Salud para la atención infantil, hasta los 8 años. Por los niños mayores de 6 años se debe acreditar, además, que son alumnos regulares de la enseñanza básica, media, superior u otras equivalentes”.

¿Cómo postular?

La postulación se efectúa en los respectivos municipios, para que luego sea acreditada por este organismo. Para iniciar el proceso es necesario presentar:

  • Certificado de nacimiento de el o la menor.
  • Fotocopia del carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio como causante Mujer Embarazada.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

En caso de adjudicarse, los pagos comienzan al mes siguiente de la publicación del decreto en que se reconocen a los beneficiarios y sus causantes.

A partir de esa fecha, el monto se otorgará mensualmente durante un plazo máximo de tres años.