Subsidio Familiar: ¿Cómo puedo renovarlo?

Se entrega durante tres años y se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre.

El Subsidio Familiar lo entrega el Estado mensualmente a las personas de escasos recursos que se encuentren en el Registro Social de Hogares que sean madres, padres o tutores que no cuenten con ingresos suficientes para la mantención de sus cargas familiares.

¿Cómo se puede renovar el Subsidio Familiar?

Se entrega durante tres años y se mantiene vigente hasta el 31 de diciembre en que el causante cumple los 18 años, por lo tanto hay que renovar el beneficio cada tres años hasta que el causante cumpla la mayoría de edad.

Se recomienda la renovación al menos tres meses antes de la fecha de vencimiento.

Para poder realizar la renovación del beneficio hay que acercarse nuevamente a la municipalidad correspondiente al domicilio para solicitar la renovación y presentar los siguientes documentos nuevamente:

  • Certificado de nacimiento del menor.
  • Fotocopia del cuaderno de control de niño sano al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al subsidio maternal.
  • Deberá acreditarse la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina
  • Preventiva e Invalidez (COMPIN) correspondiente al domicilio del causante.
  • En el caso de la mujer embarazada, deberá presentar certificación competente del hecho de encontrarse en el quinto mes de embarazo, extendido por un médico o matrona de los servicios de salud o de instituciones autorizadas por tales servicios.
  • Tratándose de menores y cuando corresponda, se deberá acreditar la calidad de guardador o cuidador.

¿Cuántos pagos son del beneficio?

El pago del beneficio es mensual y corresponde a un monto de $16.418 pesos por carga debidamente acreditada, en el caso de las cargas con discapacidad estos reciben un monto de $32.836 pesos.

Para saber la fecha y forma de pago del beneficio debes ingresar AQUÍ con tu RUT para que la página despliegue toda la información necesaria.

¿Quiénes reciben el SUF?

Las siguientes personas y en este orden de prioridad pueden reciben el SUF:

  • Padres.
  • Madres.
  • Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o los menores.
  • Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad de cualquier edad que vivan a sus expensas.
  • Embarazadas (como Subsidio Maternal).

De igual forma, también reciben el SUF los familiares que vivan a expensas de la persona beneficiaria:

  • Menores de edad que participen de los programas de salud establecidos por el Minsal.
  • Causante con discapacidad intelectual de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o de algún tipo de pensión asistencial.
  • Estén en situación de discapacidad de cualquier edad.