IFE Laboral: ¿Quiénes lo pueden cobrar?
Fue implementado en el marco de la reactivación económica por la pandemia del Covid-19.
El IFE Laboral lo implementó el Estado para los trabajadores que se empleen de manera formal.
Quienes deseen postular a este bono podrán hacerlo en el sitio web habilitado por el Sence, para ello deberán contar con su RUT y Clave Única.
Fue implementado en el marco de la reactivación económica por la pandemia del Covid-19 y podrán solicitarlo solo personas mayores de 18 años de edad.
¿Qué trabajadores pueden postular al IFE Laboral?
Para acceder a este beneficio los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener un nuevo contrato de trabajo (en el mes en curso o máximo el mes anterior a la postulación).
- Tener una remuneración mensual bruta imponible menor o igual a tres Ingresos Mínimos Mensuales ($1.200.000)
- Haber estado cesante durante todo el mes anterior al inicio del nuevo contrato de trabajo.
No podrán acceder al IFE Laboral:
- Las personas que no hayan estado cesantes antes de haber comenzado el nuevo contrato de trabajo por el que postulan al beneficio.
- Quienes estén gozando de licencia médica (incluye pre y posnatal) al momento de su postulación.
- Las personas que ya hayan recibido el beneficio por una postulación previa.
¿Qué montos entrega el IFE Laboral?
En relación al monto que podrán recibir los beneficiarios/as, este dependerá de ciertas características. En detalle:
Hombres entre 24 y 55 años:
- Periodos de postulación desde julio a diciembre de 2022: 25 % de su remuneración bruta mensual imponible, con tope de $100.000 mensuales.
Mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, hombres mayores de 55 años, personas con discapacidad debidamente certificada y asignatarios de pensión de invalidez:
- Periodos de postulación desde julio a diciembre de 2022: 60 % de su remuneración bruta mensual imponible, con tope de $300.000 mensuales.
Quienes resulten beneficiarios podrán recibir sus pagos por un periodo de tres meses.