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Aguinaldo Fiestas Patrias 2024: Estos trabajadores recibirán el pago si o si

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publicado: 18.07.2024
Aguinaldo Fiestas Patrias

Descubre cómo planificar las Fiestas Patrias con los recursos y aguinaldos necesarios para disfrutar de cinco días de celebración.

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Con las Fiestas Patrias a la vuelta de la esquina, muchas familias ya están organizando las celebraciones extendidas de este año, que se prolongarán por cinco días. En esta planificación, un aspecto crucial es el dinero necesario para adquirir carne, empanadas, vino, chicha y otros elementos típicos de las festividades.

Para los trabajadores, gran parte de estos gastos se financian con el esperado aguinaldo de Fiestas Patrias. Este año, el monto del aguinaldo ya está definido para un grupo importante de empleados; para el resto, la cifra dependerá de su empleador.

¿Quiénes reciben el aguinaldo de Fiestas Patrias?

El aguinaldo de Fiestas Patrias beneficia principalmente a los trabajadores públicos que cumplan con los requisitos establecidos por una ley promulgada en diciembre de 2023.

Para recibir este aguinaldo, los funcionarios públicos deben estar en cargos de planta o a contrata al 31 de agosto de 2024, en alguna de las siguientes instituciones:

Para los trabajadores del sector privado, sus empleadores no están obligados a otorgarles aguinaldo, ya sea de Fiestas Patrias o de Navidad. Sin embargo, deben hacerlo si el aguinaldo está consignado en el contrato de trabajo o en un convenio colectivo, en cuyo caso el beneficio se convierte en un derecho exigible.

Monto del aguinaldo en el sector público

Este año, los trabajadores públicos recibirán un aguinaldo ligeramente superior al del 2023, que fue de $81.196. Según la legislación vigente, el monto para 2024 se basará en el ingreso mensual del trabajador:

La Ley 21.647 establece que “se entenderá como remuneración líquida el total de las remuneraciones permanentes correspondientes a dicho mes (agosto), excluyendo bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio”.

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