40 horas de trabajos: Conoce si tu empresa pueden implementar la jornada de 4×3
Este miércoles se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.561 que decreta la disminución de la jornada laboral a 40 horas semanales, por lo que cabría la posibilidad de implementar la jornada 4×3 en algunas empresas
Este miércoles se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.561 que decreta la disminución de la jornada laboral a 40 horas semanales, por lo que cabría la posibilidad de implementar la jornada 4×3 en algunas empresas.
Desde esta fecha, la jornada de 45 horas experimentará una reducción paulatina culminando su implementación en 2028, permitiendo así que las empresas y pequeñas y medianas empresas (pymes) se adapten.
De esta forma, en abril de 2024, la jornada disminuirá a 44 horas semanales; en abril de 2026, a 42 horas semanales; y en abril de 2028, se alcanzarán las 40 horas semanales acordadas.
No obstante, las organizaciones tienen la opción de implementar de forma anticipada la reducción de horas laborales siempre que les sea posible. Lo mismo se aplica al esquema laboral 4×3 que también se incluye en esta legislación.
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¿Qué empresas pueden implementar la jornada 4×3?
Esencialmente, el esquema laboral 4×3 implica trabajar cuatro días seguidos y descansar tres; por ejemplo, laborar de lunes a jueves y tener libres viernes, sábado y domingo.
Las empresas que podrán adoptar este sistema de turnos son aquellas que implementen las 40 horas semanales sin acogerse al periodo gradual de cinco años mencionado previamente.
Ciertamente, los empleadores deberán establecer un acuerdo con sus empleados y empleadas antes de implementar el sistema laboral 4×3.
¡Tenemos Ley de #40Horas! 🙌🏼 Se publicó en el Diario Oficial la ley que reduce la jornada laboral gradualmente a 40 horas semanales.
✅Más de 4 millones de trabajadores beneficiados
✅Jornada 4×3
✅Sin disminución salarial¡Más calidad de vida para las familias de Chile! 🇨🇱👨👩👧👦 pic.twitter.com/8Wdv6UorLU
— Gobierno de Chile (@GobiernodeChile) April 26, 2023
“Las empresas que (…) tuvieren una jornada de 40 horas o menos, o que con anticipación reduzcan a 40 horas la jornada ordinaria de trabajo, podrán pactar que dicho máximo semanal (40 horas) se distribuya en cuatro días“, establece la ley.
Así es, si se establece una jornada laboral de lunes a jueves, los empleados trabajarán 10 horas diarias en sus respectivos puestos, asegurando que se cumplan las 40 horas semanales al finalizar el cuarto día.