Personas mayores de 55 años pueden recibir hasta $128 mil extra mensuales: Revisa los requisitos
Conoce los requisitos y pasos para solicitar la Pensión de Viudez, un beneficio estatal para apoyar económicamente a quienes han perdido a su cónyuge.
El Instituto de Previsión Social (IPS) dispone de distintos beneficios para apoyar a los sectores más vulnerables de Chile, entre los cuales se destaca la Pensión de Viudez. Este aporte económico está dirigido a mayores de 55 años que han perdido a su cónyuge, siempre que cumplan con ciertos requisitos.
¿Qué se necesita para acceder a la Pensión de Viudez?
Uno de los principales requisitos es que la persona fallecida haya sido parte del antiguo Servicio de Seguro Social. Además, para ser beneficiario, es esencial que el matrimonio haya ocurrido al menos seis meses antes del fallecimiento, en el caso de pensionados por invalidez parcial, o tres años antes para pensionados de vejez o invalidez absoluta. Excepciones aplican si hay hijos menores o si el fallecimiento ocurrió por un accidente.
El monto de la pensión varía entre el 50% y el 60% de la pensión que recibía el cónyuge fallecido. Así, tomando como referencia la Pensión Garantizada Universal (PGU), valorada en $214.296, el beneficio podría situarse entre $107.148 y $128.578 mensuales.
¿Cómo solicitar la Pensión de Viudez?
Existen dos modalidades para postular:
- Modalidad presencial: Asista a una oficina de ChileAtiende e informe que desea solicitar la Pensión de Viudez. Recuerde llevar toda la documentación necesaria.
- Modalidad en línea: A través del sitio de ChileAtiende, seleccione “Solicitar pensión”, ingrese su RUT y acceda con ClaveÚnica. Complete el formulario correspondiente en la opción “Pensión de viudez”.
¿Quiénes cumplen con los requisitos para la Pensión de Viudez?
Además del requisito de matrimonio y tiempo de cotización, el IPS exige ciertos criterios específicos:
- Al menos 401 semanas de cotización del cónyuge fallecido.
- El fallecimiento del cónyuge no debe generar otra pensión por accidentes laborales.
- En el caso de los viudos varones, es necesario que cuenten con una declaración de invalidez de COMPIN y demuestren que dependían económicamente de su cónyuge.