¿Sabías que puedes recibir $889.000 del IPS? Descubre si eres elegible
La persona fallecida debe haber sido beneficiaria del IPS y no debe estar afiliada al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha de su fallecimiento.
El Instituto de Previsión Social (IPS) ofrece una serie de beneficios para apoyar a las personas en diferentes momentos de su vida. Uno de estos beneficios es la Asignación por Muerte, que proporciona un pago de $889.533 destinado a cubrir los gastos funerarios de una persona fallecida, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se presente la documentación necesaria.
¿Quiénes pueden recibir la Asignación por Muerte?
La Asignación por Muerte puede ser solicitada por personas naturales o jurídicas que hayan cubierto los gastos funerarios del fallecido. La persona fallecida debe haber sido beneficiaria del IPS y no debe estar afiliada al sistema del Decreto Ley (DL) Nº 3.500 a la fecha de su fallecimiento. Además, deben cumplir una de las siguientes condiciones:
- Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
- Quienes recibían la PGU (a partir del 1 de febrero de 2022) obtendrán una cuota mortuoria de 15 unidades de Fomento (UF).
- Haber tenido, al menos, una cotización en alguna de las ex cajas de previsión dentro de los últimos seis meses anteriores a su fallecimiento.
- Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP (DL Nº 3.500).
- Haber sido beneficiario de un Subsidio de Incapacidad Laboral (SIL), Subsidio de Cesantía, o Subsidio de Discapacidad.
- Haber sido pensionado o pensionada de las ex cajas de previsión y leyes especiales.
- Pensionados de orfandad y convivencia, siempre que también hayan sido beneficiarios de aporte solidario a la fecha del fallecimiento.
¿Cómo solicitar la Asignación por Muerte?
Si estás atravesando este momento difícil y deseas acceder a la Asignación por Muerte, puedes hacerlo a través del sitio del IPS en Línea. Dependiendo del tipo de solicitante, los pasos son los siguientes:
Para personas naturales:
- Ingresa el RUT del solicitante.
- Pulsa en “Asignación por Muerte”.
- Digita el RUT del causante (el sistema identificará si los datos son correctos).
- Accede con tu Clave Única.
- Completa los datos requeridos (de la empresa funeraria y del solicitante) y adjunta la documentación necesaria (factura original entregada por la empresa funeraria y certificado de sepultación, si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento del causante).
Para empresas:
- Ingresa el RUN del representante de la empresa funeraria.
- Selecciona la empresa por la cual solicitará el beneficio (cuando el representante legal se desempeñe en más de una funeraria).
- Pulsa en “Solicitud de asignación por muerte”.
- Digita el RUT del causante.
- Completa los datos requeridos y adjunta la documentación (factura original, copia de la cédula de identidad de la persona beneficiaria, cesión de derecho).